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Proyecto para eliminar el libre deuda como requisito para renovar el carnet de conducir

La iniciativa presentada en la Legislatura bonaerense modifica la Ley de Tránsito y mantiene el cobro de las infracciones por los mecanismos legales, sin condicionarlo a la renovación del carnet

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Un grupo de diputados provinciales de La Libertad Avanza presentó un proyecto de ley en la Legislatura bonaerense para eliminar la exigencia del certificado de libre deuda por multas de tránsito como condición para tramitar, renovar o solicitar un duplicado de la licencia de conducir en la provincia de Buenos Aires.

La iniciativa, redactada por el diputado Juanes Osaba, propone modificar el artículo 8° de la Ley Provincial de Tránsito N.º 13.927 para que las infracciones continúen siendo cobradas por las vías legales correspondientes, pero dejen de convertirse en un obstáculo para acceder al registro de conducir.

Según el proyecto, ninguna autoridad provincial o municipal podrá exigir la acreditación de un certificado de libre deuda como requisito para iniciar, tramitar, otorgar, renovar o solicitar un duplicado de la licencia.

Desde el bloque libertario cuestionaron el sistema vigente al considerar que muchos municipios utilizan el trámite de aptitud vial como una herramienta de recaudación. “El registro de conducir es para manejar, no para recaudar. Si una multa corresponde, que el Estado la cobre por las vías legales, pero no impidiendo que un vecino pueda renovar su licencia como mecanismo de extorsión para agrandar la caja”, afirmó Osaba.

El legislador también sostuvo que “hoy muchos bonaerenses llegan a renovar el registro y descubren que el trámite quedó condicionado al pago de multas. Eso no mejora la seguridad vial, solo convierte la licencia en una herramienta de recaudación”.

La propuesta establece además que las actas de comprobación, las infracciones en trámite y las multas impagas que no hayan sido juzgadas o que no cuenten con una sentencia firme y ejecutoriada no podrán impedir la realización del trámite. En esos casos, el organismo encargado de emitir la licencia solo podrá informar al solicitante sobre el estado de sus antecedentes, con carácter meramente informativo.

Al mismo tiempo, el proyecto deja en claro que el Estado mantendrá intactas sus facultades para reclamar el cobro de las multas mediante los procedimientos administrativos y judiciales previstos por la legislación vigente.

La iniciativa también diferencia las deudas económicas de las sanciones que afectan directamente la aptitud para conducir. En consecuencia, no modifica las inhabilitaciones ni las sanciones firmes dictadas por las autoridades competentes que impidan conducir en la provincia de Buenos Aires o en cualquier otra jurisdicción del país.

De aprobarse, la reforma impediría que las multas de tránsito impagas sean utilizadas como condición para renovar la licencia de conducir, aunque mantendría la obligación de afrontar esas deudas a través de los mecanismos legales correspondientes.

 

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