
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires suspendió de manera provisoria las ordenanzas Fiscal e Impositiva y la creación de una nueva Tasa de Salud impulsadas por el municipio de Chacabuco a fines de 2025, al considerar que existen indicios de inconstitucionalidad en el procedimiento de aprobación.
La decisión del máximo tribunal bonaerense fue adoptada este viernes en el marco de una demanda presentada por concejales opositores de UCR-Pro y La Libertad Avanza, quienes cuestionaron la legalidad de la votación realizada durante la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.
El fallo, correspondiente a la causa “Orsini, Carlos Ignacio y otros c/ Municipalidad de Chacabuco s/ Inconstitucionalidad Ordenanzas N° 10.866, 10.867 y 10.868”, cuyo intendente es Darío Golia (Fuerza Patria).
La controversia se originó en el mecanismo utilizado para desempatar la votación. Según los demandantes, el presidente del Concejo Deliberante recurrió a un “doble voto” para alcanzar 18 votos afirmativos y aprobar las ordenanzas tributarias.
Sin embargo, la Suprema Corte advirtió que la Asamblea estaba integrada por 36 miembros, por lo que se requerían 19 votos positivos para cumplir con la mayoría absoluta establecida por la Constitución bonaerense.
En ese sentido, el tribunal sostuvo que “la sola lectura” del acta y “la sencilla sumatoria de los votos” permiten advertir “en palmaria evidencia” que no se habría alcanzado la mayoría constitucional necesaria para validar las normas.
Los jueces remarcaron además que el presunto defecto “se sitúa en el origen mismo de las normas impugnadas”, motivo por el cual resolvieron hacer lugar a la medida cautelar y suspender sus efectos mientras se analiza el fondo de la cuestión.
Inicialmente, la decisión tendrá alcance únicamente sobre los demandantes, ya que la Corte entendió que los concejales opositores “no pueden ejercer procesalmente la representación de los habitantes de su circunscripción electoral”.
Como consecuencia de la cautelar, la nueva Tasa de Salud creada por la Ordenanza 10.867 quedó “inexigible” para los actores mientras dure el proceso judicial. Además, el resto de los tributos alcanzados por la controversia volverán a regirse por las ordenanzas vigentes antes de la Asamblea realizada el 30 de diciembre de 2025.
La resolución judicial llega luego de varios meses de tensión política y cuestionamientos al incremento de tasas municipales impulsado por el Ejecutivo local, especialmente por la incorporación de la nueva Tasa de Salud, uno de los puntos más debatidos del paquete tributario aprobado a fin de año.
No obstante, el máximo tribunal aclaró que la suspensión provisoria no implica todavía una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de las ordenanzas, aunque sí reconoció que el planteo presenta “suficiente gravedad constitucional” como para justificar la inmediata paralización de las normas cuestionadas.


