viernes, abril 26, 2024
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El gobierno de Vidal impulsa un régimen de retiro voluntario para sus empleados

vidallLa gobernadora María Eugenia Vidal decidió abrir la posibilidad de que los empleados estatales se acojan a un régimen de retiro voluntario, que estará vigente durante 6 meses. Lo implementó a través de un Decreto, el  465/18, que se conoció este jueves donde se establece que se da la posibilidad a los agentes estatales comprendidos en la Ley 10.430 de dejar su empleo a cambio de un plan de pagos con una parte a abonarse en el momento de dejar la tarea y otra parte en cuotas. Podrán adherirse los empleados de planta permanente con más de dos años de antigüedad y menos de 24 años en la función pública, pero no policías ni agentes penitenciarios.

El pago convenido en el retiro se efectuará mediante un sistema de un abono inicial en el momento de la baja y “cuotas mensuales, iguales y consecutivas”.

-Entre 2 y 5 años de antigüedad percibirán 10 cuotas, las primeras cuatro en el momento de la baja y las restantes en 6 meses consecutivos.

-Entre 6 y 7 años de antigüedad serán 15 cuotas en total, 6 iniciales y 9 mensuales.

-Entre 8 y 9 años de antigüedad las cuotas serán 20, 8 al momento de la baja y 12 mensuales.

-Entre 10 y 11 años de antigüedad cobrarán 24 cuotas, las primeras 10 en el momento de la baja y las restantes 14 de manera mensual.

-Más de 12 años de antigüedad tendrán acceso al cobro de 30 cuotas, 12 cuando se retiren y 18 mediante pagos mensuales.

“Las cuotas a percibir en el momento del cese se calcularán y abonarán en base a la remuneración mensual normal y habitual bruta de cada agente y para las restantes se tomará como base la remuneración mensual normal y habitual neta percibida por cada agente luego de efectuadas las deducciones legales” establece el decreto.

Para ese cálculo se tomará la mejor remuneración que el agente haya percibido en los seis meses anteriores a la baja, sin contar viáticos, horas extra, aguinaldo y otras remuneraciones no habituales en el pago mensual.

La resolución fija en su artículo séptimo, que quienes se acojan al régimen quedarán inhabilitados por cinco años para reincorporarse a un empleo de la “Administración Pública Provincial, incluyendo Entes Autárquicos, Organismos Descentralizados, Fideicomisos o Sociedades en las que el Estado participe como socio mayoritario”.

Por otra parte, quienes adhieran tendrán durante dos años, a partir de la baja cobertura de IOMA.

Entre los fundamentos, el Ejecutivo esgrime que “en el actual proceso de reordenamiento y cuantificación de los Recursos Humanos existentes en la Administración Pública Provincial, la aplicación de dicha herramienta resulta conveniente para los intereses del Estado”.

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