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CEyS ‘Mariano Moreno’: Por separado deben facturarse los ‘conceptos ajenos’ a la luz

Surge de una resolución del OCEBA que establece que la “Cuota capital”, “Ordenanza Municipal Obras Públicas”, “Ambulancias”, “Sepelio” y “Nichos/Cementerio” tiene que emitirse en factura independiente

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RESOC 2023 128 GDEBA OCEBA Conceptos Ajenos Mariano Moreno (1)

El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) emitió una resolcuión, la 121 de fecha 3 de agosto, por la cual ordena a la Cooperativa de Servicios ‘Mariano Moreno’ Lda. de Nueve de Julio a que los denominados ‘conceptos ajenos’ deben emitirse en una factura por separado.

En la decisión se señala que los conceptos ajenos “Cuota capital”, “Ordenanza Municipal Obras Públicas”, “Ambulancias”, “Sepelio” y “Nichos/Cementerio” deben ser cobrados o facturados en forma independendiente o a parte de las facturas de energía eléctrica.

Es decir, el pago dede hacerse por separado de los importes vinculados exclusivamente al suministro eléctrico, y alcanza a servicios que están incorporados en la población o asociados, como “Ambulancias”, “Sepelio” y “Nichos/Cementerio”, además de la cuota para paliar el deficit y el fonde de obras publicas municipal.

 

 

 

 

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