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La Concejal Vanesa Paladina denunció por Coacción a Matías Losinno presidente de la CEyS y se rechaza por falta de delito

Si bien fue aceptada como particular damnificada ahora el Fiscal resalta que no hay elementos suficientes para tipificar el delito de coacción y expresa que su abogado está en “excursión de pesa” por si encuentra alguno

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El 15 de abril pasado, Vanesa Paladino, DNI 23.449.868, Concejal por LLA en el distrito de Nueve de Julio, se constituyó como particular damnificada en la causa “Lossino, Matías s/averiguación de delito”, tras denunciar a Matías Lossino presidente de la CEyS Mariano Moreno por un presunto delito de coacción, previsto en el artículo 149 bis del Código Penal.

Además, la presentación se realizó con el patrocinio del abogado Gabriel Darío Maciel al intentar recusar al Fiscal, la que no prosperó.

En su contestación este miercoles 22 de abril, el fiscal Lisandro E. Massón, a cargo de la investigación, señaló que no existen elementos suficientes para considerar configurado el delito de coacción. Asimismo, calificó la intervención del abogado de Paladino como una “excursión de pesca”, término judicial que indica que la denuncia intenta indagar de manera indiscriminada posibles delitos sin centrarse en hechos concretos.

El fiscal destacó que la investigación penal debe enfocarse en hechos con potencialidad delictiva, identificar al autor y determinar responsabilidades, evitando planteos especulativos o que ataquen personalmente al denunciado.

De este modo, Vanesa Paladino mantiene su condición de particular damnificada, con derecho a intervenir y recibir notificaciones judiciales, aunque la tipificación del delito que pretendía su abogado queda pendiente hasta que se encuentren hechos concretos que la justifiquen.

Es decir, por ahora no hay delito que alcance al Presidente de la CEyS ‘Mariano Moreno’.  Confome supo Cadena Nueve de fuentes judicales mercedinas, quiene señalaron que se intenta desprestigiar al titular del Consejo de Administración de la Cooperativa nuevejuliense por razones personales-políticas y no por encuadre de figura penal, como se demostró en denuncia anterior ya que se rechazaron por ausencia de encuadre legal.

PARTICULAR DAMNIFICADO - RESOLUCION (2)data-4

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