
El Ministerio de Economía reglamentó el nuevo régimen de subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y definió una serie de criterios patrimoniales que dejarán fuera del beneficio a determinados hogares. La medida es aun cuando sus ingresos declarados estén por debajo del tope establecido.
Quienes no accederían
- Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años. Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD) emitido por autoridad competente.
- Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres o más inmuebles.
- Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo.
- Hogares en los que al menos un integrante posea una aeronave.
- Hogares en los que al menos un integrante posea Activos Societarios.
Esta medida surge tras la entrada en vigencia del Decreto 943/25, que cerró el período de transición anterior y dispuso la creación de un nuevo régimen de subsidios. Según el texto oficial, la Secretaría de Energía será la autoridad encargada de ejecutar y controlar la administración de estos beneficios.
Para esto, el Ejecutivo oficializó también el modelo de formulario que deberá ser completado por los solicitantes. De igual forma, destacaron que gran parte de los datos se obtendrán de registros previos, como el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), por lo que quienes ya estén inscriptos allí no necesitarán anotarse de nuevo.


