El Ministerio Público Fiscal de la Nación ordenó suspender de manera inmediata la cremación del cuerpo de Alejandra “Locomotora” Oliveras, la múltiple campeona mundial de boxeo fallecida este lunes a los 47 años en el Hospital Cullen de Santa Fe, donde permanecía internada tras sufrir un accidente cerebrovascular isquémico.
La decisión fue dispuesta “con carácter preventivo” por la auxiliar fiscal María José de la Torre, con la firma del fiscal federal penal coadyuvante Diego Orzuza Cock, luego de la presentación de una denuncia que exige esclarecer los motivos exactos del fallecimiento. El pedido fue dirigido al Cementerio Municipal de Santa Fe, donde estaba previsto cremar los restos de la deportista este miércoles. Allí se solicitó formalmente que se “se abstengan de proceder a la cremación del cuerpo (…) hasta tanto se evalúe la posible realización de una autopsia judicial”.
La denuncia fue presentada por el fisicoculturista mendocino Aldo Parodi, quien vinculó la muerte de Oliveras con el presunto uso indebido de esteroides anabólicos, supuestamente suministrados por terceros. Parodi es conocido por su postura crítica contra el uso de sustancias para potenciar el rendimiento físico y muscular.
“Presentamos esta denuncia en función de que nuestro cliente considera que es una muerte dudosa la de ‘Locomotora’ Oliveras y que existe mafia”, declaró al medio Aire Digital la abogada Patricia Noemí Apesteguy, representante legal de Parodi. Y agregó: “Nosotros hacemos una denuncia para que se investigue la muerte dudosa de la ‘Locomotora’ Oliveras porque es claro que una mujer no puede acrecentar su masa muscular como ella lo hizo de forma natural. Eso no se logra sin sustancias”.
La letrada sostuvo que el entorno del fisicoculturismo está expuesto a “mafias” que operan en la clandestinidad, promoviendo el consumo de esteroides sin control médico ni regulación legal. La denuncia se apoya en distintas normativas legales, como las leyes 23.737 (Régimen de Estupefacientes), 25.627 (sobre venta de esteroides bajo receta), 26.912 (dopaje en el deporte), y el artículo 204 Ter del Código Penal, que sanciona el suministro ilegal de sustancias perjudiciales para la salud.
Mientras tanto, el velatorio de Alejandra Oliveras tuvo lugar este martes con una ceremonia privada para familiares y personas cercanas, y una despedida pública. La familia había decidido cremar sus restos este miércoles, pero el procedimiento fue interrumpido por orden judicial, a la espera de que se determine si se realizará una autopsia forense.


