viernes, marzo 29, 2024
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DEUCO insiste en que las cooerativas solo facturen el servicio de luz

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En la provincia de Córdoba, las Cooperativas de servicios eléctricos solo podrán facturar la luz en sus boletas. La resolución tomada por el Ersep – Ente Regulador de Servicios Públicos – indica que las entidades deberán facturar la energía eléctrica de manera independiente a otros servicios y cargas municipales.

En el ámbito bonaerense, DEUCO vienen señalando que las cooperativas deben facturar por separado, en los troqueles que correspondan cada uno de los servicios que brindan y incluidos las tasas municipales.

Lo que se procura en territorio cordobés, y DEUCO insiste en que ello mismo riga en la provincia de Buenos Aires, es liberar a las boletas de costos que no se vinculan al consumo de energía, en especial a los fines de aliviar la carga fiscal sobre facturas que ya vienen muy recargadas por los sucesivos aumentos tarifarios.

Es que las cooperativas eléctricas actúan como agentes de percepción o de retención de tasas municipales y tributos provinciales conforme a la confección de cada factura que se acerca los asociados cada mes.

En Córdoba, lo que resolvió el Ersep es que las distribuidoras sólo podrán percibir lo facturado por energía eléctrica consumida estricta y efectivamente para el uso público, como lo son el alumbrado y la semaforización.Es decir, se podrá aplicar el porcentaje de las tasas que cubra el costo de la electricidad que se consume en el espacio público, es decir, el alumbrado y los semáforos.

Esta resolución que rige en la provincia mediterránea desde comienzos de este mes, DEUCO, pide que se aplique a los bonaerense, conforme lo viene solicitando desde tiempo. Ahora, este es el ejemplo a seguir, señalaron desde la entidad que Defiende a Usuarios y Consumidores.

De prosperar la iniciativa de DEUCO cada factura se reduciría, como mínimo en un 50%.

En Córdoba las cooperativas al facturar la electricidad de modo independiente a cualquier otro servicio, deben confeccionar un modelo de factura que debe ser presentado al Ersep para que lo apruebe en el término de 30 días y luego no se podrán agregar nuevos ítems de facturación que no hayan sido autorizados previamente por el ente.

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