viernes, marzo 29, 2024
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Se procura evitar un cobro diferencial a los afiliados de IOMA

La senadora bonaerense Malena Baro, insistió en la necesidad de avanzar en un proyecto de ley que tiene como objetivo principal evitar el cobro indebido de diferenciales a afiliados de IOMA.  consulta médica
Desde el ingreso de la iniciativa en la cámara alta bonaerense, en octubre de 2012 hasta la fecha, se encuentra en las comisiones de salud y legislación general del cuerpo. Por este motivo, y al ser un reclamo permanente de afiliados a la obra social que sufren el cobro de algún diferencial, la senadora de Junín reclamó la celeridad de la vía administrativa del expediente.
El proyecto de la legisladora radical establece la obligatoriedad para los establecimientos y profesionales de la salud, prestadores de servicio del I.O.M.A, de hacer pública la categoría a la que correspondan (A, B, o C) y los respectivos montos que el paciente deberá pagar como diferencial.
En ese sentido, los establecimientos de salud deberán publicar con un cartel claramente visible en el lugar de recepción los montos correspondientes a cada categoría en concepto de diferencial de forma general, conforme a la reglamentación del momento y la categoría de cada profesional de la salud que allí trabaje. Asimismo, el cartel con las categorías y los montos por diferencial establecido en la normativa siempre deberá expresamente indicar que para la categoría A no se abonará diferencial alguno.
Por su parte, y ante el incumplimiento de la publicidad a la que quedan obligados profesionales y establecimientos de la salud, o en algún caso de cobro indebido de diferenciales, los afiliados al I.O.M.A. podrán realizar la correspondiente denuncia.
Al respecto, la legisladora meonista dijo que “buscamos erradicar conductas abusivas que se han dado en distintos centros de salud de la provincia, con el fin de salvaguardar el sistema de libre elección del prestador por el paciente, que  la obra social bonaerense promueve”. Y agregó: “tenemos que profundizar la transparencia, protección y buena fe que deben estar presentes ante cualquier prestación atinente a la salud de los ciudadanos, velando por el interés general en una cuestión de vital interés para la sociedad”.
 

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