
La disputa entre el Gobierno nacional y los municipios por el cobro de tasas locales en las facturas de servicios públicos sumó un nuevo capítulo y quedó más cerca de una definición judicial. La Procuración General de la Nación emitió dos dictámenes en los que avaló la decisión del Ejecutivo de prohibir la inclusión de tributos municipales en las boletas de luz, gas y otros servicios, al considerar que la medida no afecta la autonomía de las comunas y se encuentra respaldada por la legislación vigente.
Los dictámenes, firmados por el procurador general interino Eduardo Casal, recomiendan a la Corte Suprema de Justicia rechazar las demandas promovidas por las municipalidades de Río Grande y José C. Paz, que cuestionaron la validez de la Resolución 267/2024 de la entonces Secretaría de Industria y Comercio.
La norma, dictada en 2024, estableció que las facturas emitidas por proveedores de bienes y servicios deben contener únicamente los conceptos vinculados al servicio contratado por el consumidor, excluyendo cualquier suma o cargo ajeno a esa prestación. El objetivo fue impedir que los municipios continúen percibiendo tasas locales a través de las boletas de servicios públicos.
Defensa de los consumidores
En el caso de Río Grande, la Procuración sostuvo que la resolución fue dictada por la autoridad competente en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Según el dictamen, la medida busca garantizar los derechos de los usuarios previstos en el artículo 42 de la Constitución Nacional, al brindar mayor claridad y transparencia en la facturación.
Asimismo, el organismo entendió que la Secretaría de Industria y Comercio estaba facultada para establecer reglas generales sobre la emisión de facturas dentro del marco de las relaciones de consumo.
En ese sentido, descartó que la normativa implique una intromisión en la autonomía municipal, ya que las comunas mantienen intacta su potestad tributaria y pueden continuar cobrando las tasas por otros mecanismos distintos a las facturas de servicios.
El caso José C. Paz y la regulación eléctrica
En el expediente iniciado por la Municipalidad de José C. Paz, la Procuración incorporó un argumento adicional vinculado al régimen eléctrico nacional.
El dictamen recordó que el servicio de distribución que presta Edenor está sujeto a regulación federal y destacó que la Ley 24.065, modificada por el Decreto 450/2025, establece expresamente que las facturas de electricidad no pueden incluir tributos locales ni cargos ajenos al servicio facturado.
Para el organismo, esa disposición refuerza la legalidad de la resolución impulsada por el Gobierno nacional.
Una disputa que comenzó en 2024
El conflicto se originó a mediados de 2024, cuando la administración nacional, a través del Ministerio de Economía encabezado por Luis Caputo, resolvió eliminar de las boletas de luz, gas, agua y otros servicios el cobro de tasas e impuestos municipales que numerosos distritos percibían junto con las facturas.
La medida fue resistida por varios municipios, que acudieron a la Justicia y lograron fallos favorables. Entre ellos, la Justicia Federal de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad de la resolución, lo que mantuvo abierto el debate sobre los alcances de la competencia del Estado nacional frente a las autonomías municipales.
En paralelo, La Libertad Avanza promovió más de un centenar de proyectos en concejos deliberantes de la provincia de Buenos Aires para reducir o eliminar distintas tasas municipales, iniciativa que fue cuestionada por el gobernador Axel Kicillof. El mandatario provincial sostuvo que el peso de esos tributos representa una porción mínima del Producto Bruto Interno y defendió su importancia para el financiamiento de los gobiernos locales.
La última palabra será de la Corte
Aunque los dictámenes de la Procuración General no tienen carácter vinculante, suelen constituir una referencia de peso para las decisiones de la Corte Suprema.
Si el máximo tribunal adopta el criterio propuesto por el Ministerio Público, quedará convalidada la potestad del Gobierno nacional para impedir que las tasas municipales sean incorporadas a las facturas de los servicios públicos, aunque los municipios conservarán la posibilidad de seguir percibiéndolas mediante otros sistemas de recaudación.


