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Nueva reglamentación para personas con discapacidad: Un paso adelante en la inclusión social

La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026 y es un paso clave para la aplicación efectiva de la Ley 27.793, en un contexto de judicialización y debate sobre su financiamiento

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El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, estableciendo un nuevo régimen de pensiones no contributivas para personas con discapacidad. La medida, oficializada mediante el Decreto 84/2026, responde a una sentencia judicial que ordenó la aplicación inmediata de la ley, suspendida anteriormente por falta de financiamiento. La reglamentación define los criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos para el nuevo régimen de pensiones, que busca articularse con políticas de inclusión laboral y evitar superposiciones con otros beneficios. La Secretaría Nacional de Discapacidad, ahora parte del Ministerio de Salud, será la encargada de implementar el régimen y convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica. Además, se establece la conversión de oficio de pensiones no contributivas otorgadas anteriormente en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. La autoridad de aplicación deberá identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas. La reglamentación entró en vigencia el 3 de febrero de 2026 y es un paso clave para la aplicación efectiva de la Ley 27.793, en un contexto de judicialización y debate sobre su financiamiento.

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