En una decisión que podría marcar un antes y un después en la relación entre el Poder Ejecutivo y los derechos de las personas con discapacidad, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró inconstitucional el veto presidencial a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad (Ley 27.793), al considerar que afecta el acceso a derechos fundamentales como la salud, la educación y la rehabilitación.
“El derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias”, expresó el magistrado en su fallo, que declaró la invalidez del Artículo Nº3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el presidente Javier Milei había vetado completamente la normativa aprobada por el Congreso.
El fallo responde a un amparo presentado por dos personas en representación de dos menores de edad (identificados como B.N. e Y.N.) cuyas prestaciones médicas y educativas se vieron afectadas por la anulación de la ley. La resolución ordena a la obra social correspondiente que restituya los servicios tal como lo establecía la legislación vetada. Además, se estableció que el Estado Nacional deberá asumir los costos del proceso judicial.
Si bien el alcance del fallo se limita a este caso particular, la decisión judicial sienta un precedente clave. Es la primera vez que la Justicia Federal declara nulo un veto presidencial en materia de discapacidad, lo que podría motivar nuevas presentaciones similares en otros tribunales del país.
Mientras tanto, continúan las manifestaciones frente al Congreso Nacional por parte de familias y organizaciones vinculadas a la discapacidad, que reclaman la plena vigencia de la ley y el respeto por los derechos consagrados en ella.
El Gobierno Nacional aún puede apelar la medida.