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Cuando el delito y la violencia ya no entra por la puerta sino por una pantalla

Escribe para Cadena Nueve, Mariana Martín

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Durante mucho tiempo, la sociedad entendió el abuso sexual como un delito necesariamente físico: un cuerpo, una proximidad, una escena concreta.

Sin embargo, la realidad avanza más rápido que nuestras categorías culturales y jurídicas. Hoy, algunas de las formas más graves de violencia sexual no requieren contacto directo. Alcanzan un celular, una red social y un agresor que sabe manipular el miedo.

La reciente condena dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº 4 de Morón contra Orlando Tristán Novillo expone con claridad esta transformación.

Durante más de tres años, una adolescente fue sometida desde los 12 años a través de Instagram, WhatsApp y videollamadas.

No hubo una puerta forzada ni un secuestro tradicional. Pero sí existió un encierro real: el cautiverio psicológico.

La víctima vivió bajo amenazas, chantaje sexual, extorsión económica y una dominación emocional que la obligó a actuar contra su voluntad. El agresor no necesitó presencia física para destruir su libertad. Le bastó controlar su miedo.

Y allí aparece una idea central: la violencia sexual digital también es violencia real.

El error de minimizar lo “virtual”

Todavía persiste una tendencia peligrosa: relativizar estos delitos cuando ocurren a través de una pantalla. Aparece entonces una frase tan común como equivocada: “pero nunca la tocó”.

Ese razonamiento ignora lo esencial. El daño no depende únicamente del contacto físico, sino del sometimiento de la voluntad, del miedo constante, de la pérdida de autonomía.

La víctima fue clara: “todo en contra de mi voluntad. Yo no quería”.

Esa frase debería ser suficiente para comprender que el centro del delito es la violación de la libertad sexual.

Dormir con miedo no es virtual. Es real.

Cómo operan estos delitos

Las redes sociales no son en sí mismas el problema. El riesgo aparece cuando no hay educación para habitarlas.

El agresor utilizó un mecanismo frecuente: fingió ser un adolescente, generó confianza y luego transformó ese vínculo en una estructura de control.

Primero, cercanía.
Después, exigencias.
Finalmente, amenazas.

Estos delitos no irrumpen de forma violenta desde el inicio: se infiltran lentamente.

Por eso, la prevención no puede basarse solo en prohibiciones. Requiere alfabetización digital, educación emocional y la capacidad de reconocer señales de alerta.

El valor jurídico del fallo

Uno de los aspectos más relevantes de esta sentencia es que reconoce que el abuso sexual puede configurarse incluso sin contacto físico directo.

Esto no es un detalle técnico: implica una evolución en la forma de entender el delito.

Durante años, el Derecho penal trabajó con categorías pensadas para un mundo analógico. Pero los delitos cambiaron, y la interpretación jurídica también debe hacerlo.

Este tipo de fallos no solo sancionan conductas individuales: ayudan a redefinir cómo se protege la libertad, la dignidad y la infancia en entornos digitales.

La prevención es una tarea colectiva

La intervención no comenzó en un tribunal. Comenzó cuando una docente escuchó.

Ese dato es clave.

Muchas veces, la primera protección no proviene del sistema judicial, sino de un adulto que detecta un cambio, un silencio, un miedo.

La escuela, la familia y los entornos cercanos cumplen un rol esencial. La educación —especialmente la digital— es una herramienta preventiva mucho más poderosa de lo que suele reconocerse.

Una advertencia social

Este caso no debería leerse solo como una noticia policial. Es una señal.

Nos obliga a aceptar que la violencia sexual cambió de forma. Que puede empezar con un mensaje. Que una videollamada puede convertirse en un espacio de sometimiento.

También nos interpela como sociedad.

Mientras seguimos imaginando el peligro en la calle, muchas veces está dentro de casa, en un dispositivo cotidiano.

Más que una condena

El valor de este tipo de casos no está solo en la pena impuesta.

Está en lo que enseñan.

El periodismo, cuando aborda estos temas con responsabilidad, cumple una función clave: visibilizar, explicar y prevenir.

Porque una condena resuelve un caso.

Pero una sociedad informada puede evitar muchos más.

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