En plena jornada electoral, la provincia de Buenos Aires renueva el escenario político con la elección de diputados, senadores provinciales y representantes en los concejos deliberantes y consejos escolares de cada municipio. Este 7 de septiembre, miles de bonaerenses acuden a las urnas con interrogantes centrales sobre la documentación habilitada para votar: ¿alcanza con mostrar el DNI digital desde el celular o es necesario presentar la versión física? Las autoridades electorales de la provincia ya fijan criterios estrictos para este proceso.
Las reglas vigentes en la provincia de Buenos Aires dejan sin lugar a dudas: no se admite el DNI digital para votar en las mesas electorales. Los fiscales y autoridades de mesa exigen de manera excluyente la presentación de un documento físico, ya sea en formato tarjeta o libreta, según lo establecido por la normativa provincial. El documento mostrado en la app Mi Argentina, en el celular u otro soporte digital, no está habilitado como medio de identificación para emitir el sufragio.
La exclusión comprende también otros formatos no físicos, como fotocopias, constancias de trámite, denuncias de robo o extravío y pasaportes, ninguno de los cuales permite el acceso a la boleta. Solo quienes exhiben el DNI físico que corresponda a los datos asentados en el padrón están legitimados a votar este domingo.
Documentos válidos para votar
El reglamento electoral provincial establece con precisión qué tipos de documentación autoriza el ingreso a la sala de voto. En la jornada de elecciones, los documentos válidos son:
- Documento Nacional de Identidad (DNI), en su versión libreta verde o celeste.
- Tarjeta del Nuevo DNI.
- Libreta de enrolamiento.
- Libreta cívica.
- Incluso los DNI en formato tarjeta que tengan inpreso la leyenda “no válido para votar” son aceptados en la mesa electoral.