viernes, mayo 3, 2024
viernes, mayo 3, 2024

Desde el 1 de julio, regirá la obligatoriedad de Receta Electrónica para Medicamentos y Tratamientos”

La normativa fue publicada en el Boletín Oficial al reglamentar la ley 27.553 de "Recetas electrónicas o digitales"

A partir del 1 de julio, entrará en vigor la obligatoriedad de la receta digital o electrónica en todo el territorio argentino para la adquisición de medicamentos, así como para la realización de estudios y tratamientos médicos. Esta medida se establece mediante el decreto 345/2024, publicado en el Boletín Oficial, el cual busca una “readecuación” de la reglamentación de la ley 27.553 de “Recetas electrónicas o digitales”.

El decreto establece que la receta electrónica y/o digital será el medio obligatorio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes en todo el país. Sin embargo, su implementación estará sujeta a la adhesión de las jurisdicciones locales.

Además, se contempla la creación de un registro de plataformas para la elaboración de estas recetas, aunque se aclara que el nuevo sistema podrá convivir con la receta en papel. La medida, promulgada por el Ministerio de Salud de la Nación, tiene como objetivo principal brindar mayor eficiencia y seguridad en el acceso a los medicamentos, así como la integración y estandarización de plataformas digitales existentes.

El decreto también exige que las jurisdicciones locales ajusten sus leyes de práctica profesional, si es necesario, para alinearse con la nueva normativa. Las plataformas tecnológicas previas de prescripciones electrónicas o digitales mantendrán su validez, siempre que cumplan con los criterios estipulados en la nueva reglamentación.

En cuanto a la venta y despacho de medicamentos, se establece que debe realizarse en la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable. La entrega al paciente podrá ser acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia. Además, las farmacias deberán archivar y guardar las recetas digitales durante 3 años.

Entre los ejes centrales de esta medida se encuentran: la identificación de profesionales con capacidad para prescribir, garantizando su acceso a través de la Red Federal de Registro de Profesionales de la Salud (REFEPS); la creación de un Registro Nacional de Soluciones Informáticas, que incluirá los softwares utilizados para la gestión sanitaria; la creación del Diccionario Nacional de Medicamentos, para facilitar la identificación y dispensación de los mismos; y el mejoramiento de la comunicación y acceso a las recetas y órdenes electrónicas emitidas.

Con esta nueva normativa, se busca modernizar y agilizar los procesos relacionados con la prescripción y dispensación de medicamentos, promoviendo un sistema más eficiente y seguro para los pacientes y profesionales de la salud en todo el país.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas noticias