lunes, junio 23, 2025
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Las personas que no se reconocen femenino/masculino podrán identificarse con una tercera opción

Es a partir del Decreto 476/2021 por el cual, se hará al tramitar el DNI y se les aplicará una X

Desde este miércoles 21 de julio, los Documentos Nacionales de Identidad y los Pasaportes que emite el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) deberán tener tres nomenclaturas a utilizarse en el campo referido al “sexo”: “F” -Femenino-, “M” – Masculino- o “X”.

De esta manera se comenzará a reconocer a las identidades no binarias, es decir, aquellas personas no binarias, es decir, que no se identifican como varón o como mujer.

Así, luego de la intensa lucha del colectivo LGBT+, Argentina se convirtió en el primer país de América Latina que reconoce a las identidades no binarias, ampliando derechos y contribuyendo a disminuir la violencia basada en prejuicios de género.

Puntos más importantes del Decreto presidencial N°476/21

  • Determínase que las nomenclaturas a utilizarse en los Documentos Nacionales de Identidad y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos en el campo referido al “sexo” podrán ser “F” -Femenino-, “M” – Masculino- o “X”.
  • Establécese que todas aquellas personas nacionales cuyas Partidas de Nacimiento se expidan en el marco de la Ley N° 26.743 (Ley de Identidad de Género) en las que se consigne una opción para la categoría “sexo” que no sea “F” –Femenino- o “M” –Masculino-, o bien si el mismo no se hubiere consignado, podrán solicitar que en la zona reservada al “sexo” en los Documentos Nacionales de Identidad, y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos, se consigne la letra “X”.
  • A los fines del presente decreto, la nomenclatura “X” en el campo “sexo” comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino.
  • El Documento Nacional de Identidad que cuente con la letra “X” en la zona reservada al “sexo” tendrá validez como Documento de Viaje a los efectos establecidos en el ACUERDO SOBRE DOCUMENTOS DE VIAJE DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS, suscrito en la Ciudad de Asunción, República del Paraguay, el 20 de diciembre de 2015.

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