La reforma laboral que impulsa el Gobierno nacional volvió a ocupar el centro de la escena política y gremial tras conocerse un nuevo borrador del proyecto que circula entre funcionarios, sectores empresarios y representantes del Consejo de Mayo. Aunque los sindicatos se retiraron de la mesa de negociación y endurecieron su postura, el oficialismo insiste en avanzar con una “modernización integral” del sistema de relaciones laborales.
El documento actualizado introduce cambios estructurales sobre vacaciones, licencias, remuneraciones, jornadas laborales, despidos e indemnizaciones. También incorpora un capítulo específico para regular el trabajo en plataformas digitales, uno de los sectores de mayor crecimiento en los últimos años.
Vacaciones: más flexibilidad y acuerdos individuales o colectivos
El borrador ratifica el derecho a vacaciones pagas, pero habilita que empleadores y trabajadores puedan acordar la extensión del período vacacional por fuera de los mínimos legales. Mantiene el rango obligatorio para otorgar vacaciones —del 1° de octubre al 30 de abril— y exige notificar al trabajador con 45 días de anticipación, salvo que los convenios colectivos dispongan un régimen diferente.
Por primera vez, se incorpora la posibilidad de fraccionar vacaciones y de acumular días en situaciones excepcionales, previa autorización de la autoridad laboral. Según el Gobierno, la finalidad es adaptar los descansos a las necesidades productivas y familiares sin afectar derechos adquiridos.
Banco de horas y jornada laboral: más margen para reorganizar tiempos de trabajo
Uno de los puntos que más debate genera es el de los bancos de horas, que permitirán compensar días con mayor carga horaria por otros de menor intensidad, siempre sin superar el límite semanal establecido. Las convenciones colectivas podrán definir cómo se computa la jornada máxima en base a promedios, respetando 12 horas de descanso entre turnos y 35 horas de descanso semanal.
La reforma no reduce la jornada laboral por ley. El texto indica que solo podrá modificarse si lo determinan futuras normativas nacionales o mediante convenios colectivos. La CGT ya anticipó su rechazo a este esquema, al considerar que habilita una “flexibilización encubierta”.
Indemnizaciones: opción de reemplazar el esquema actual por fondos y seguros sectoriales
El proyecto propone un giro en el esquema tradicional de indemnización por despido sin causa. Establece que, si así lo decide la negociación colectiva de cada actividad, la indemnización podrá ser reemplazada por un fondo o seguro de cese laboral financiado con aportes mensuales patronales. Según el oficialismo, esto dará “previsibilidad” y “reducirá la litigiosidad”, especialmente para pymes.
El cálculo indemnizatorio se basará en el salario básico, sumas habituales y antigüedad, excluyendo premios excepcionales y pagos extraordinarios. También se habilita el pago fraccionado de liquidaciones finales en casos específicos.
Despidos con y sin causa: nuevas obligaciones y procedimientos
El borrador diferencia con claridad los despidos sin causa y con causa. En los casos sin causa, rige la indemnización de un mes por año trabajado sobre la mejor remuneración del último año. Para los despidos con causa, se tipifican de manera estricta las faltas graves y se exige notificación electrónica, con obligación de detallar las razones del despido y garantizar el derecho a defensa del trabajador.
La reforma también redefine la respuesta ante conflictos en servicios esenciales, exigiendo un mínimo de funcionamiento del 75% en sectores críticos y del 50% en actividades estratégicas, como salud, educación, energía, transporte y telecomunicaciones.
Remuneraciones: recibos digitales y nuevos criterios salariales
La modificación salarial promueve la digitalización obligatoria de recibos de sueldo, planillas y documentación laboral, equiparándolos al papel. También define con mayor precisión qué conceptos integran el salario remunerativo para evitar litigios futuros.
Asimismo, autoriza incorporar sumas fijas o variables y beneficios sociales por tiempo determinado, siempre bajo acuerdo colectivo y con mecanismos extraordinarios de actualización salarial.
Licencias por enfermedad y ausencias: certificados digitales y nuevos controles
El capítulo dedicado a enfermedades inculpables introduce el uso de certificados médicos digitales y la creación de un sistema centralizado de control, que podrán utilizar tanto empresas como organismos de seguridad social.
Se detallan los pasos que deben seguir empleadores y empleados en casos de ausencias prolongadas, y se redefine cuándo se considera abandono de trabajo, con procedimientos más breves que los de la legislación vigente.
Reincorporación por vía judicial: más opciones para el trabajador
Si un tribunal declara que el despido fue injustificado, el trabajador podrá optar entre volver a su puesto o cobrar una indemnización completa. Si decide reincorporarse, la empresa deberá regularizarlo y pagar todos los salarios caídos durante ese período.
En casos donde el trabajador quede con incapacidad parcial y permanente, el empleador deberá reasignarle tareas compatibles. Si no pudiera hacerlo por causas ajenas a su voluntad, el contrato se extinguirá con indemnización especial.
Plataformas de reparto: se reconoce la relación laboral
Uno de los cambios más significativos es la creación de un régimen laboral específico para trabajadores de aplicaciones de reparto. Por primera vez, se reconoce la relación laboral con las plataformas, que deberán registrarlos, realizar aportes previsionales y brindar cobertura ante accidentes.
El esquema prevé derechos sindicales, participación en convenios colectivos y reglas claras sobre jornada, descansos y remuneraciones


