martes, abril 23, 2024
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Que un ex-combatiente trate de ‘truchos’ a otros ex-combatientes es muy triste ya que todos somo Malvinas

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Sra. Directora
Griselda Aón
Cadena Nueve
Me dirijo a ud. y por su intermedio a los lectores de ese medio en relación a una publicación en la sección Lectores en Cadena, del Sr Fernando Espiniella. Comodoro-Médico VGM (R).
El Sr Comodoro es y fue un integrante de la Fuerza Aérea Argentina, me sorprende sus expresiones y afirmaciones, su desconocimiento  sobre la existencia de Resolución de los respectivos Jefes de Estado Mayor de la Fuerza Aérea Argentina, se establece y deja en claro quiénes son Veteranos de Guerra de la Institución.
Preguntándome si ese es su pensar, no acciono en 1985 o año 2000 contra sus autoridades con las herramientas que tiene como oficial superior o recurriendo a la justicia.
Es mi deber hacerle saber a los Usted con datos fehacientemente y comprobable los cuales detallaré como así también le solicito tenga a bien publicar esta nota completa a fin de dejar perfectamente claro la situación de los VGM de la Fuerza Aérea Argentina.
No solo por este artículo y tantos otros opiniones y posturas sobre el tema de quienes son veteranos de guerra.
Reiterándole que me referiré a la situación del personal que perteneció a la Fuerza Aérea Argentina
Tratare de brindarles antecedentes documentados TODOS.
Año 1985
La Fuerza Aérea a solicitud del Ministro de Defensa, proporciono los listados requeridos por el Art 4 de la Ley Nro 23.118 Artículo 4° El Ministerio de Defensa Nacional remitirá la nómina de los ciudadanos a condecorar, exceptuando a aquellos que sean pasibles de sanciones de acuerdo a las prescripciones del Código de Justicia Militar, el Código Penal y/o sus leyes complementarias.
El Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea en el año 1985 emite la Resolución 540/85 al momento de distinguir al personal colocando en el Certificado entregado, la siguiente leyenda “POR SU PARTICIPACION EN LA BATALLA AEREA” y posteriormente el Congreso de la Nación.
DOCUMENTO PROBATORIO
Resolución 540/85
El Jefe de Estado Mayor General de la Fuerza Aérea.
Resuelve:
1º- Institúyanse para la Fuerza Aérea, los siguientes distintivos de campaña:
1. (Anexo 1) para el Personal Militar y Civil que integro tripulaciones de vuelo y realizo misiones aéreas dentro del espacio en que quedaron delimitadas las acciones del enfrentamiento militar durante el conflicto armado, a partir del 1º de mayo de 1982 o estuvo en contacto con el enemigo.
2. (Anexo 2) para el Personal Militar, Civil y Soldados que combatió en las Islas Malvinas a partir del 1º de mayo de 1982.
3. (Anexo 3) para el Personal Militar, que integro el Comando y el estado Mayor de la Fuerza Aérea Sur, entre el 02 de abril de 1982 y el 14 de junio de 1982.
4. (Anexo 4) para el Personal Militar, Civil y Soldados que integro la Fuerza Aérea Sur, sus bases de Despliegue y para las tripulaciones que cumplieron misiones de apoyo a las operaciones entre el 02 de abril de 1982 y 14 de junio de 1982.
5. (Anexo 5) para los elementos orgánicos de la Fuerza que participaron en las operaciones a partir del 1º de mayo de 1982 y que se detallan en Anexo 6.
6. (Anexo 7) para los Tripulantes de Vuelo que realizaron misiones aéreas dentro del especio en que quedaron delimitadas las acciones de enfrentamiento militar durante el conflicto armado a partir del 1º de mayo de 1982 o estuvieron en contacto con el enemigo y para el personal que combatió en las Islas Malvinas.
Cont…
Brigadier General D ERNESTO CRESPO
Posteriormente la Fuerza Aérea Argentina, envió al Congreso los listados de quienes deberían ser acreedores de las distinciones establecidas por la Ley 23.118 (punto 4 de mencionada Ley)
DOCUMENTO PROBATORIO
LEY 23.118/84
Combatientes en la guerra de las Malvinas e Islas del Atlántico Sur en el año 1982. Condecoración por el Congreso de la Nación.
Artículo 1° Condecorase a todos los que lucharon en la guerra por la reivindicación territorial de las Islas Malvinas, Georgias y Sanwich del Sur, en las acciones bélicas del 2 de abril al 14 de junio de 1982, con una medalla y un diploma.
La medalla será de acero, en cuyo anverso lucirán los colores patrios y el nombre y apellido del combatiente, y en el reverso la inscripción “El Honorable Congreso de la Nación a los Combatientes”. En el diploma se hará constar la leyenda del reverso de la medalla.
Artículo 2° Las condecoraciones serán de una sola y única clase para todos los combatientes en el conflicto bélico.
Artículo 3° Serán acreedores a la condecoración mencionada los civiles y militares que hubieren combatido en el conflicto bélico, iniciado el 2 de abril de 1982, o en caso de fallecimiento del combatiente, serán acreedores de dicha condecoración, sus derecho habientes.
Artículo 4° El Ministerio de Defensa Nacional remitirá la nómina de los ciudadanos a condecorar, exceptuando a aquellos que sean pasibles de sanciones de acuerdo a las prescripciones del Código de Justicia Militar, el Código Penal y/o sus leyes complementarias.
Fueron entregadas en el Año 1990 Fueron recibidas por todos los que estaban incluido en la Resolución 540/85
Año 2000
En el año 2000 el JEMGFAA el 13/04/2000 Firma la Resolución 231/2000, donde Resuelve en el Art 1. Será reconocido como “Veterano de Guerra”:
“Todo Personal Militar Superior, Subalterno, Tropa y Civil que participo en la Guerra del Atlántico Sur y que se le haya otorgado algún distintivo de campaña, instituido en la Resolución Nº 540/85 del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina”.
DOCUMENTO PROBATORIO
EL JEFE DEL ESTADO MAYOR DE LA FUERZA AEREA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Será reconocido como “Veterano de Guerra” :
“Todo Personal Militar Superior, Subalterno, Tropa y Civil que participo en la Guerra del Atlántico Sur y que se le haya otorgado algún distintivo de campaña, instituido en la Resolución Nº 540/85 del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina”.
ARTICULO 2º.- Los beneficios otorgados con relación a los distintos complementos de haberes, exenciones impositivas, pensiones, etc., que instituyan los diferentes Organismos Oficiales y/o no Gubernamentales para el personal que participo en la Guerra del Atlántico Sur será para:
“Todo el personal que siendo Veterano de Guerra de la Fuerza Aérea reúna acabadamente las condiciones particulares que exijan para cada caso las autoridades que tengan responsabilidad de otorgar o administrar tales beneficios”.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General de Personal (Departamento Personal):
a) Será quien entienda en la gestión administrativa concerniente a los Veteranos de Guerra.
b) Deberá dar amplia difusión a lo establecido en la presente Resolución.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese en Boletín Aeronáutico Publico y archívese en la Jefatura Militar del Estado Mayor General.
Brigadier General WALTER DOMINGO BARBERO
Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea
Año 2006
DOCUMENTO PROBATORIO
El JEMGFA, firmo la Resolución la Nro 00855 del 27 Sep. 2006. Producto de lo informado por el equipo de trabajo Ad-Hoc cuya tarea fue proponer un cuerpo doctrinario sobre la problemática del Excombatiente, estudio esta situación. Llegándose a la CONCLUSIONES. (Se puede ver en las páginas del informe) en particular el Párrafo 6. Donde textualmente dice.
SE PRODUJO ASI UNA NUEVA DISCRIMINACION QUE HA SUSCITADO, EN PARTICULAR ENTRE EL PERSONAL MILITAR SUBALTERNO TECNICOS Y LOGISTICO DE LA FAA… (Les falto también, P.M. Superior, P. Civil y Ex Conscriptos) UNA SENSACION DE DESPROTECCION E INJUSTICIA.
Ante este informe el JEMGFAA emite dicha Resolución donde Resuelve y en particular el Art 3. Dice textualmente…LA SECRETARIA GENERAL REALIZARA LA DIFUSION EN LOS AMBITOS QUE CORRESPONDA Y PROPORCIONARA LOS ACUERDOS PERTINENTES CON AQUELLOS QUE PROMUEVAN SU INCLUSION EN LA LEGISLACION NACION.
Firmado Brigadier General D Eduardo Augusto Schiafino Jefe Estado Mayor General de la Fuerza Aérea
Año 2013
DOCUMENTO PROBATORIO
El JEMGFA firmo la Resolución 1400
EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Incorporar la sigla “VGM” (Veterano de la Guerra de Malvinas), a la designación del grado del personal que está considerado Veterano de Guerra de la Fuerza Aérea, según las Resoluciones 540/85, 231/00 y 800/13 del JEMGFA.
ARTÍCULO 2º.-. La mencionada sigla se incorporará a continuación del grado y el uso del vocablo “Veterano de la Guerra de Malvinas” se extenderá a las presentaciones reglamentarias y protocolares para el personal tanto en actividad como retirado.
ARTÍCULO 3º.-. Extender lo indicado a todo el personal civil de la Fuerza Aérea y al personal de Ex Conscriptos que participaron en el Conflicto Bélico del Atlántico Sur, instándolos a utilizar a su voluntad en los ámbitos en los cuales se desempeñan.
ARTÍCULO 4º.-. La utilización de la sigla “VGM” en nada se inmiscuye en el otorgamiento de aquellos beneficios otorgados por los distintos Organismos Oficiales y/o no gubernamentales, debiendo reunir acabadamente las condiciones particulares que exijan para cada caso las autoridades que tengan la responsabilidad de otorgar o administrar tales beneficios.
ARTÍCULO 5º.-. Sobre la base de lo aprobado, la Dirección General de Personal y Bienestar propondrá al señor Subjefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea las modificaciones que correspondan a los Reglamentos correspondientes.
ARTÍCULO 6º.-. Pase para conocimiento y cumplimiento de la presente Resolución, a la Dirección General de Personal y Bienestar y oportunamente, regístrese, publíquese y archívese.
FIRMADO J.E.M.G.F.A.A BRIG. MARIO R CALLEJOS

FUERZA AEREA ARGENTINA, FUERZA AEREA SUR (FAS) MALVINAS 1982. Situación actual  VGM…VGM FAA FUERZA AÉREA… la grieta sigue abierta…
Malvinas no es un hito más en nuestra historia, debemos tomar conciencia y no olvidarnos los Argentinos, que por esa contienda, hubo muchos padres, hermanos e hijos, que dieron su bien más preciado que fue…la vida. Nuestro legado es mantener vivo aquellos días y aquella entrega de estos compatriotas, con la verdad y la justicia. Se lograra que los mismos no pasen al olvido si se logra la debida justicia.
La actuación descollante de la Fuerza Aérea Argentina, marco Hitos históricos,  no sólo para la institución si no para el País  demostrados durante, aquellos días de 1982, en el conflicto bélico por la soberanía de las Islas Malvinas, poniendo en juego  todos sus medios y hombres disponibles, la perdida más valiosa  de 55 integrantes de la misma  que dieron su don más preciado su vida en la defensa de nuestra soberanía convirtiéndose en Héroes, y una cantidad importante de medios materiales.
Dios y la Vida nos dio la  oportunidad de ser parte integrantes de  la Fuerza Aérea,  en particular de  la FAS (Fuerza Aérea Sur)  hoy y hace años vivimos otra triste realidad…lo que parece una paradoja de la vida…
SIN LA FAS …LA GUERRA HUBIERA DURADO SOLAMENTE EL PRIMER DIA DE COMBATE…
Si la FAS no hubiese estado allí, en la Patagonia, con sus medios desplegados en el continente, pero con una inquebrantable voluntad de lucha y dispuestos a golpear donde al enemigo le doliese, probablemente no hubiera existido el Bautismo de Fuego de la Fuerza Aérea Argentina (FAA) y el conflicto hubiera finalizado posiblemente el primer día de combate, es decir el 1º de mayo, por no tener los medios desplegados en las islas quién los preservara de los ataques aéreos y navales ingleses, los apoyara moral y logísticamente, detuviera y rechazara el desembarco enemigo durante su primer intento.
Expresiones del Brigadier General Ernesto Horacio Crespo Ex Comandante de la Fuerza Aérea Sur
Me gustaría expresar mi modesta opinión al respecto, como integrante de la FAA y como VGM FAA (sin el reconocimiento pleno).
Como primera opinión me referiré a la situación del Personal Veterano de Guerra de la FAA. La grieta abierta…
Hoy se habla mucho de la grieta social…en el tema de los Veteranos de Guerra de la FAA hace ya muchos años que existe, dado que hay dos clases de VGM aquellos que si tienen el reconocimiento pleno, y estamos los otros que si bien somos reconocidos por la institución como tal pero no percibimos ningún tipo de beneficio. Paradoja de la vida no todos fuimos  llevados a un mismo Conflicto cumpliendo las mismas órdenes y bajo los mismos mandos de jefatura Militar. Es incomprensible como por una Resolución de la FAA, todos somos acreedores de la distinción del Honorable Congreso de la Nación Ley 23.118, y por un arbitrario  Decreto se nos excluyó del reconocimiento pleno, además en los últimos años se dictaron varias Resoluciones donde claramente se expresa la discriminación y la injusticia de esta medida, también se resolvió que los organismos internos de la FAA debían gestionar ante el poder político la inclusión en los listados de acreedores al reconocimiento pleno…hasta la fecha nada se ha logrado…Espero y Deseo que la grieta se empiecen a cerrar, que de una vez por todas nos entendamos y nos demos cuenta que el Enemigo es el que usurpo Tierras Argentinas y no Argentinos que lucharon para Recuperarlas.
Y en particular quiero hacer referencia a dos expresiones emanadas por dos compañeros, las cuales son por demás  ilustrativas…
Quiero hacer mención a unas palabras del SP(R) VGM Pedro Prudencio Miranda, manifiesto que  el pensamiento generalizado  del personal técnico: Teníamos bien en claro que “si nos hubiesen mandado a Malvinas, quizás hubiéramos tomado un fusil e ido a combatir, pero fuimos preparados para mantener operativos los aviones, alistarlos y artillarlos, sabiendo que son mucho más poderoso que un fusil”.
Otro VGM FAA Suboficial Mayor Miguel Ángel PALETTA  Son pocas las personas que reconocen nuestro trabajo mío y de muchos compañeros que nos sacrificamos bastante en el continente por esta lucha y que para varios solo somos desplegados continentales nada más, y que muchos tienen su memoria frágil, como yo los llamo porque piensan que los aviones salieron de un portaaviones y nadie los puso en el aire.
Desconociéndose completamente, que esto no hubiera sido posible sin la participación del personal de los componentes técnicos y de apoyo logístico los que alistaron los aviones (entiéndase todas las tareas que conlleva a su disposición operativa) cargándolos de municiones bombas, y toda actividad necesaria para que el mismo pueda disponerse para vuelo, posteriormente el piloto a través de su destreza y capacidad cumple con el resto para que se lograra el cumplimiento de la misión.
Sin estos actores participes necesarios, los integrantes de los escalones técnicos y de apoyo logísticos, no hubieran podido operar la aviación de combate. Dado que existe una trilogía entre el avión, el piloto y el componente técnico, la falta de uno de estos componentes no permite la operación de una aeronave.
Merita aportar que tampoco hubiera sido posible si no se contaba con los servicios fundamentales asociados a la operatividad, tanto de atención al vuelo y asociados, como también del personal que brindaba la seguridad perimetral de las instalaciones de las respectivas bases aéreas.
Esto fue indispensable para que los que están en primera línea puedan efectivamente combatir debidamente resguardados a sus espaldas asegurando la logística de aprovisionamiento, apoyo y debido control del espacio territorial del continente.
Prueba de lo anteriormente expuesto, a todos los integrantes de los Escuadrones Aeromóviles y personal integrante de dichas bases se los considero como combatientes y se nos entregó una medallas de acero respectivas conforme las condecoraciones dispuestas por el Congreso de la Nación a través del dictado de la Ley Nº 23.118
Todavía no es tarde a pesar de haber transcurrido 34 años ya. Es hora de que se remedie esta  triste situación basándose en la  MEMORIA-VERDAD y JUSTICIA.
Seguramente se instalara como debate central que hay verdaderos y falsos Veteranos de Guerra y se intenta contraponer a quienes libraron acciones de guerra directas con quienes cumplieron otras funciones, igualmente necesarias para el desarrollo de la guerra.
Si lo que se trata es de contraponer el papel que jugaron unos veteranos al de otros con responsabilidades distintas en la guerra SERIA UN GRAVE ERROR.
El colonialismo británico en reconocimiento a su Task Force (la fuerza de ocupación británica), otorgo algo más de 29.000 condecoraciones para TODOS los hombres comprometidos en su teatro de operaciones que abarco desde la Isla Ascensión hasta Georgias.
Si se está dispuesto a reconocer el esfuerzo de quienes defendieron la patria (en las distintas esferas de la guerra) debe en primer lugar, reconocer el alcance de esta defensa que cristalizo en el TOAS (Teatro de Operaciones Atlántico Sur) y atendiendo también a los casos puntuales de quienes debieron actuar por fuera del mismo y dentro del TOS (Teatro de Operaciones Sur) y en segundo lugar garantizar el trato digno y acorde a quienes estuvieron involucrados en aquellos históricos acontecimientos.
En la Batalla por las Malvinas murieron 649 argentinos, lucharon con dignidad y honor, no habiendo la menor duda de ello en el corazón del Pueblo Argentino, las armas que terminaron con sus vidas fueron inglesas.
Por todo lo anteriormente expuesto deseo sea tanto el Poder Político o la Justicia determine, si soy DIGNO de POSEER dicha MEDALLA Y DIPLOMA. Por ultimo quiero expresarles que siempre me he sentido ORGULLOSO de haber defendido a mi Patria, y formado parte del II Escuadrón Aeromóvil DAGGER, pero les mentiría si no le dijera que también me siento Veterano de Guerra de la Fuerza Aérea reconocido plenamente por esta, pero para los organismos del estado que acodan los beneficios no lo soy…Lamentablemente si se analiza bien lo antecedentes expuestos y sus pruebas probatorias…llegaran a la misma conclusión que llego yo…El Poder Ejecutivo Nacional por intermedio de la Ley 23.118 me reconoce me condecora como EXCOMBATIENTE, la Fuerza Aérea Argentina, me reconoce como VETERANO DE GUERRA y para otros NO SOY NADA… Estamos hablando de un mismo País una misma Constitución. Algo anda muy mal no…
VGM FAA JOSE LUIS MARTINEZ
DNI 12.632.940
VGM DE LA FAS
LA ÚNICA VERDAD ES LA REALIDAD.-

 

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