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Se extiende la emergencia agropecuaria en Nueve de Julio, Bolívar, Carlos Casares y Tapalqué

La medida regirá hasta febrero de 2026, con beneficios fiscales y crediticios para los productores.

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El Gobierno de la provincia de Buenos Aires extendió por decreto hasta el 28 de febrero de 2026 el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario por inundaciones en circunscripciones rurales de los partidos de Bolívar, Nueve de Julio, Carlos Casares y Tapalqu, tras evaluar que las explotaciones continúan seriamente afectadas por el exceso hídrico.

Según el Decreto 2452/25 publicado este martes en el Boletín Oficial, la medida comprende:
  • Bolívar: circunscripciones II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, XI y XII.
  • Nueve de julio: circunscripciones II a XV (excepto la I).
  • Carlos Casares: circunscripciones II a XI.
  • Tapalqué: circunscripción VIII.
  • Estos partidos son los más afectados por el exceso hídrico que persiste desde principios de año, según señalan los informes de las agrupaciones rurales. Así, con el último reporte de CARBAP, Nueve de Julio tenia hasta el 11 de septiembre unas 162.000 hectáreas bajo el agua, de las más de 400.000 que posee el partido.Mientras que Bolívar tiene 140.000 hectáreas bajo el agua (siempre se suma la superficie inundada con la anegada) de sus 500.000 Ha totales. Y Carlos Casares muestra 114.000 hectáreas con exceso hídrico, de 244.000 Ha en total, por lo que se encuentra bajo el agua el 46% de la superficie del distrito.
  • Los productores alcanzados por la emergencia deberán presentar declaraciones juradas ante el Ministerio de Desarrollo Agrario dentro de los diez días posteriores a la publicación del decreto. A partir de allí podrán acceder a los beneficios previstos por la Ley 10.390, que incluyen:
    • Exenciones o prórrogas en el pago del Impuesto Inmobiliario Rural, según el grado de afectación de cada explotación.
    • Acceso a créditos blandos a través del Banco Provincia, destinados a recomponer capital de trabajo y retomar la actividad.
    • Suspensión de ejecuciones fiscales mientras dure la emergencia.

    El decreto, finalmente, establece que se dará intervención a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), a fin de que adopte las medidas conducentes para el otorgamiento de los beneficios tributarios, y al Banco de la Provincia de Buenos Aires (Bapro), a fin de que adopte las medidas necesarias para la efectivización de los beneficios crediticios mencionados.

    La emergencia y el desastre agropecuario distinguen dos niveles de afectación: en los casos de desastre, cuando las pérdidas productivas superan el 80%, se otorga la exención total del Impuesto Inmobiliario Rural; mientras que en situaciones de emergencia (entre 50% y 80% de daños), se establecen prórrogas y reducciones.

    La decisión se adoptó luego de los informes técnicos del Ministerio de Desarrollo Agrario y de la recomendación de la Comisión Provincial de Emergencia y Desastre Agropecuario, que en su última reunión señaló la persistencia de anegamientos y la imposibilidad de retomar la producción con normalidad en esas zonas.

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