viernes, abril 19, 2024
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Se amplían los plazos de ingreso de divisas para economías regionales y productos con valor agregado

160311190755.2_originalA través de un trabajo articulado entre el Ministerio de Agroindustria, el Ministerio de Producción y el Banco Central, se publicó hoy la Resolución de la Secretaría de Comercio Exterior Nº 30/2016, que contempla beneficios en los plazos para el ingreso de divisas, especialmente para economías regionales y productos con valor agregado que podrán ofrecer mejores condiciones comerciales al mundo.

Con esta decisión, se modificó la Resolución 142/12 que fijaba limitaciones a las empresas exportadoras y establecía plazos para la liquidación de divisas. A través de la nueva Resolución, la mayoría de las economías regionales pasan a contabilizar 180 días para ingresar las divisas. Entran en este nuevo plazo rubros tales como lácteos, frutas y hortalizas, preparados alimenticios, vinos y mosto de uva, miel, frutos secos, aceite de oliva, jugos, conservas, entre otros. Mientras que las Pymes que hubieran exportado hasta 2 millones de dólares en 2015, contarán con plazos de 360 días.

Esto generará un mayor poder de negociación frente a los competidores de otros países, permitiendo mayores exportaciones y mejoras en las condiciones competitivas.

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