Ante recientes informaciones relacionadas con el proceso y a requerimiento del señor Agente Fiscal Carlos Angel Colimedaglia, titular de la UFIJ n° 3, se hace saber que por ante la mencionada sede tramitó la IPP 04-00-006849-12 (Causa n° 74/2013 del Juzgado en lo Correccional n° 1), caratulada: “Pecini, Yanel Mariana – Lesiones culposas – Bello, Gonzalo (víctima) – Junín”.
En la misma, con fecha 6 de septiembre de 2013, el doctor Luis Alberto Beraza, actuando como subrogante legal en el Juzgado en lo Correccional n° 1, dictó el fallo que en su parte dispositiva señala: …I)Declarar formalmente admisible la implementación del trámite de juicio abreviado en las presentes actuaciones, en los términos de los arts. 395, 396, 397 párrafo segundo, 398, inc. 2do y ccs. del C.P.P. II) Condenar a Pecini, Yanel Mariana…a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN EN SUSPENSO E INHABILITACIÓN ESPECIAL POR UN AÑO Y SEIS MESES, por resultar autora penalmente responsable de la comisión del delito de lesiones culposas, hecho ocurrido en esta ciudad de Junín el 11/11/2012…Con costas. Arts. 5, 26, 29, inc. 3ro y 94 del Código Penal, y arts 530 ss y cc, 375 y 399 del Código de Procedimiento Penal…” . Impuso asimismo en el punto III), pautas de conducta a cumplir por la nombrada por el término de dos años.
En consecuencia, la UFIJ n° 3 no ha ordenado ni solicitado el cumplimiento de diligencia alguna en la actualidad con relación a la mencionada causa, en razón de tratarse de cosa juzgada.
A todo esto es de recordar que en mayo de 2016, esta misma la mujer policía sacó de la laguna de Gómez a una joven que se había arrojado con fines de terminar con su vida. Aquel episodio fue a la altura del puente de calle Posadas, y según relató una persona que estaba en el lugar “la chica policía no dudó, se sacó la campera, el arma y se tiró al agua”. Por ese hecho tuvo un reconocimiento de heroísmo por sus pares de la fuerza policial.