El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó las condiciones y procedimientos de habilitación de los transportes de animales vivos y productos de origen animal, con el fin de mejorar las exigencias técnicas y sanitarias que deben cumplir en todo el país y fortalecer un eslabón clave de la cadena agroproductiva.
La nueva medida, establecida en la Resolución Senasa N.° 723/2025 y publicada este viernes en el Boletín Oficial, incorpora novedades como la habilitación de los vehículos “Bitren” —articulados y con mayor capacidad de traslado—, la posibilidad de autorizar unidades con infraestructuras no contempladas previamente en la normativa, siempre que resulten funcionales para cada especie, y la habilitación de transportes “multiespecie” con uso de malla cuadriculada para porcinos.
Asimismo, se suman al listado de vehículos que no requieren habilitación sanitaria aquellos destinados al traslado de abejas, productos y subproductos apícolas, aves ornamentales y de exposiciones, así como peces ornamentales.
El nuevo esquema también prevé una habilitación provisoria de 90 días para los transportes que no cumplan los requisitos iniciales, plazo durante el cual los responsables deberán adecuar las unidades para obtener la tarjeta definitiva.
Otra innovación de la resolución es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, destinado a fabricantes que busquen homologar sus modelos de transporte bajo estándares técnicos y sanitarios oficiales antes de su comercialización. Esta certificación tendrá validez por 5 años para cada diseño de vehículo 0 km.
Con estas medidas, el Senasa unifica, moderniza y simplifica los requisitos contemplados en resoluciones previas, alineando la normativa argentina con estándares internacionales de transporte, garantizando un mayor control sanitario, la inocuidad de los productos y una mejora en la competitividad del sector productivo.