sábado, abril 20, 2024
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Los médicos y sanatorios no podrán cobrar plus o adicionales a los afiliados de IOMA

IOMA paciente
El senado bonaerense se dio media sanción a un proyecto de ley de la legisladora juninense del bloque “Arturo Illia”, Malena Baro, que impulsa la obligatoriedad para las instituciones y profesionales de la salud, prestadores de servicio de la obra social IOMA, de hacer pública la categoría a la que correspondan -A, B, o C)- y los respectivos montos que el paciente deberá pagar, para evitar el cobro del “plus” en la consulta.
En este sentido, la iniciativa contempla que los establecimientos de salud tendrán que publicar con un cartel claramente visible los montos correspondientes a cada categoría en concepto de diferencial de forma general, conforme a la reglamentación del momento y la categoría de cada profesional de la salud que allí trabaje.
Asimismo, el cartel con las categorías y los montos por diferencial establecido en la normativa siempre debería expresamente indicar que para la categoría A no se abonará diferencial alguno.
De esta manera, y ante el incumplimiento de la publicidad a la que quedarían obligados profesionales y establecimientos de la salud, podrían los afiliados al IOMA realizar la correspondiente denuncia, así como en el caso de cobro indebido de diferenciales por parte de médicos o establecimientos de salud, que no respeten lo establecido por la reglamentación para cada categoría de profesional de la salud.
Al respecto, ante la media sanción del proyecto de ley, la senadora Baro señaló: “lo que buscábamos con esta iniciativa era erradicar conductas abusivas que se han dado en distintos centros de salud de la provincia, con el fin de salvaguardar el sistema de libre elección del prestador por parte del paciente, que la obra social bonaerense promueve”.
Finalmente, agregó que “tenemos que profundizar la transparencia, protección y buena fe que deben estar presentes ante cualquier prestación atinente a la salud de los ciudadanos, velando por el interés general en una cuestión de vital interés para la sociedad, porque antes que cualquier otra cosa están los intereses y los derechos de la gente, que necesita que este tipo de situaciones irregulares que se presentan en la obra social IOMA sean subsanadas”.
En síntesis, la media sanción obliga a las instituciones y profesionales de la salud, prestadores de servicio de la obra social IOMA, de hacer pública la categoría a la que correspondan (A, B, o C) y los respectivos montos que el paciente deberá pagar. 

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