El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó un recurso presentado por la defensa oficial de M.N.R., un adolescente de 14 años involucrado en la muerte de la niña Kim Gómez, y confirmó la medida de restricción de libertad impuesta en su contra. Si bien el menor no es imputable penalmente según la legislación argentina —que establece la edad mínima de responsabilidad penal en los 16 años—, el fallo respaldó la aplicación excepcional del artículo 64 de la Ley provincial 13.634, que permite este tipo de medidas en casos de extrema gravedad.
La decisión fue adoptada tras la confirmación previa de la medida por parte de la jueza de primera instancia y la Cámara de Apelaciones. La defensa del menor había solicitado la declaración de inconstitucionalidad de la restricción, argumentando que vulnera la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y el principio del interés superior del niño. No obstante, el Tribunal consideró que, dadas las circunstancias del caso, la medida es válida y necesaria.
En el fallo, los jueces remarcaron la excepcional gravedad del hecho y la necesidad de “garantizar un entorno adecuado para un abordaje multidisciplinario que fomente la reflexión, la dignidad, el respeto por los derechos de los demás y la reintegración del menor en la sociedad”.
Asimismo, indicaron que el adolescente, al ser entrevistado en el lugar donde se encuentra alojado, manifestó avances en su proceso personal. “Expresó que continúa con sus estudios secundarios, actualmente cursando tercer año, y que ha fortalecido sus vínculos familiares, particularmente con su madre, quien lo visita semanalmente. También hizo alusión a un proceso de reflexión acompañado por profesionales de la salud mental”, detalla la resolución.
El fallo también recordó que los organismos internacionales recomiendan que las medidas restrictivas de la libertad en niños y adolescentes sean utilizadas únicamente como último recurso y bajo control judicial constante. “Debe primar el equilibrio entre la seguridad pública y el interés superior del niño”, señalaron los jueces, en línea con las observaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU.
De esta forma, el Tribunal dejó firme la restricción de libertad, avalando su uso como herramienta excepcional ante hechos de gravedad que requieren una respuesta institucional integral y cuidadosa.