viernes, marzo 29, 2024
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En Bragado le piden al Intendente por la seguridad de menores en lnternet

Bragado Grooming

Los concejales del Frente Renovador de Bragado, Fernando Bevelacqua y Florencia Alvarez, fueron los autores de un Proyecto de Resolución que fuera aprobado por unanimidad en la última sesión del Concejo Deliberante de Bragado.

El mismo tiende a concientizar acerca de un nuevo tipo de problema relativo a la seguridad de menores en INTERNET, el “grooming”.

La palabra “grooming” es un vocablo de habla inglesa y se vincula al verbo “groom”, que alude a conductas de “acercamiento o preparación para un fin determinado”.

El grooming comprende todas aquellas conductas ejecutadas “on line” por pedófilos (los groomers) para ganar la confianza de menores o adolescentes mediante la utilización de una identidad usurpada, fingiendo “buena onda”, empatía, identidad de intereses o contención emocional con la finalidad de concretar un abuso sexual.

Dicho proyecto hace referencia a las redes sociales que han generado nuevas formas relacionamiento social que así como generan innumerables beneficios también conlleva graves peligros para la seguridad de niños y jóvenes que son los que más hacen uso de estas nuevas tecnologías”

El Proyecto entre otros conceptos manifiesta que las nuevas tecnologías y, en especial, las redes sociales han revolucionado el mundo de la comunicación y han generado nuevas formas de relacionamiento social, que niños y jóvenes tienen posibilidades de acceso a la información, cultura, etc, y que así como se generan innumerables beneficios también conlleva graves peligros para la seguridad de niños y jóvenes que son los que más hacen uso de estas nuevas tecnologías.
Los mencionados ediles indican en el proyecto que el “Grooming” es un nuevo tipo de problema relativo a la seguridad de menores en Internet, y consiste en acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con un niño o niña en Internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual, mediante imágenes eróticas o pornografías del menor o incluso como preparación de un encuentro sexual.

“El grooming comprende todas aquellas conductas ejecutadas “on-line” por pedófilos (los groomers), para ganar la confianza de menores y/o adolescentes mediante la utilización de una identidad usurpada o falsa, fingiendo una empatía, identidad de interés o contención emocional con la finalidad de concretar un abuso sexual.
Agregan que “estos individuos utilizan chats y las redes sociales, entre ellas la reconocida como “Facebook”, como vehículo de comunicación más habitual para tomar contacto con sus víctimas para perpetrar el abuso.
Bevelacqua señaló que este delito ha sido reconocido en varios países como (Reino Unido, Australia, Estados Unidos, Canadá y Escocia) entre otros y recientemente se ha incorporado en la legislación nacional.
Por su parte la concejal Florencia Alvarez indicó que “dicho abuso se expresa en traumas psicológicos, que no solo afecta a la víctima sino también a todo el grupo familiar, llegando en algunos casos al suicidio.
“Los padres e instituciones educativas, ONG, medios de comunicación social, y en general toda la sociedad debemos tomar conciencia que la lucha contra este flagelo no sea individual sino que sea en conjunto…”.
Más adelante manifestaron que el “Grooming no distingue ni clases sociales, ni sexos, ni banderas políticas, que una vida que se pierde por este flagelo social es una pérdida irreparable e insustituible, y como sociedad debemos luchar por la vida, la seguridad, y el que el crecer de nuestros jóvenes tenga futuro y esperanza.
Expresaron que textualmente la Ley Nacional nº 26.904 establece: “incorporase como art. 131 del código penal el siguiente: será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.
RESOLUCION
El proyecto en su parte resolutiva expresa:
ARTICULO 1º. – Adhiérase al proyecto de Ley E- 124 -14 -15 impulsado por los legisladores de los diferentes bloques del Frente Renovador del HONORABLE SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES para impulsar la creación del “Programa Integral de Concientización, Prevención y Erradicación del Ciberacoso Sexual Infantil”.
ARTICULO 2º.- Solicítese al Departamento Ejecutivo de Bragado para que, a través del área que corresponda, arbitre los medios necesarios para evaluar la posibilidad de implementar un Programa Municipal, destinado a informar, prevenir, concientizar y asistir sobre este nuevo tipo de problema “Grooming”, como así también “cyberbullying”.

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