jueves, abril 25, 2024
jueves, abril 25, 2024

El arresto ciudadano es constitucional

La noticia que tres ciudadanos arrestaron a otro en delito infragati, es decir cuando lo estaba cometiendo habla en principio de un alto grado de compromiso a defender la ley, y lo que es exacto a defender bienes cuyo dueño existe, es decir no están abandonados, y evitan que un tercero se los apropie.

Las Constituciones de la nación y provincia contemplan el denominado “Poder de Policía”. Es el resguardo del interés público o el interés general, que en delitos que se están cometiendo, puede ejercer cualquier ciudadano para evitarlo. Con el avance las instituciones ese resguardo o potestad se lo ve claramente al de la policía organizada, es por ello que las denominaciones más modernas a esa facultad-legal de los ciudadanos – ejemplo, ordenar el tránsito en emergencias – es la de arresto ciudadano o civil.

Cuando un ciudadano interviene en esas circunstancias, en forma inmediata debe avisar a la Policía, o poder legítimamente constituido a tal fin.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hay algunos fallos significativos.

“La Cámara del Crimen Porteña avaló la detención de un presunto ladrón por parte de particulares que habían sido víctimas de un robo en un comercio. La medida fue adoptada por los camaristas Jorge Rimondi y Gustavo Bruzzone, quienes rechazaron un planteo de nulidad sobre la forma en que el imputado había sido atrapado y entregado a la policía…Los camaristas respaldaron la persecución por parte de las víctimas y también su detención al afirmar que “el accionar del damnificado y sus compañeros estuvo directamente dirigido a evitar que se concrete el desapoderamiento (de lo que el ladrón había robado) por lo que la aprehensión cuestionada carece de vicios que acarreen su nulidad”.- Este fallo se suma a otro similar conocido, también de la Cámara del Crimen porteña, que avaló una requisa realizada por particulares a una mujer acusada de cometer hurto contra clientes que estaban haciendo compras en un local comercial”.

El llamado “arresto civil” , en realidad más técnicamente llamado “arresto ciudadano” se realiza cuando un ciudadano detiene a un delincuente en caso de flagrancia, poniéndolo de inmediato en manos de autoridad policial.-

El arresto ciudadano constituye una facultad de los particulares en orden a colaborar con la administración de justicia en la aprehensión de quien ha sido sorprendido en la realización de un hecho punible.

Puede ser efectivizado por la propia víctima, un testigo de los hechos o cualquier ciudadano, pero exige la existencia de flagrancia delictiva y en ausencia de agentes policiales y solo debe durar el tiempo necesario para poner al delincuente a disposición de la policía y no permite el uso excesivo de la fuerza.-Se lo entiende como un deber complementario y de colaboración con la justicia.

El particular debe entregar inmediatamente al aprehendido a la policía y todos los objetos hallados en su poder como evidencia del delito, la privación de libertad debe limitarse al tiempo necesario y razonable para la entrega del detenido a la autoridad policial, no pudiendo encerrarlo en lugar público o privado, ni ejercer violencia innecesaria.-

La ley exige flagrancia en la tentativa o consumación del delito o en la fuga luego de ello, excluyendo la posibilidad de que un civil detenga a alguien sospechoso si no es en las condiciones antes expuestas.

No debe confundirse con justicia por mano propia, y solo busca el compromiso y participación ciudadana en paliar la inseguridad e impedir la consumación del delito.

Hoy, la conducta de ciudadanos en la ciudad de Nueve de Julio – hay casos en otros lugares del país –  ponen en el tapete el compromiso de los vecinos en favor del Estado de derecho y su responsabilidad para que las instituciones y sus deberes funcionen. Es cierto, es poco frecuente, pero en la medida que sus comportamientos no pongan en riesgo a terceros y ellos mismos – bienes jurídicamente protegidos- deben destacarse esas conductas ciudadanas.

 *Especial para Cadena Nueve -Abogada, especialista en Derecho Penal

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas noticias