viernes, abril 26, 2024
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Rigen los límites a las excarcelaciones a quienes cometan delitos y porten armas de fuego

La norma que limita en la provincia de Buenos Aires las excarcelaciones a quien cometa delitos y porte armas de fuego entró en vigencia este viernes, con su publicación en el Boletín Oficial.
Se trata de la ley 14.434, por la que se modificó el artículo 171 del Código Procesal Penal bonaerense.
La norma deniega el otorgamiento de excarcelaciones a quienes cometan delitos con armas de fuego o que hubieran tratado de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación.
La nueva redacción del modificado artículo 171 expresa que “en ningún caso se concederá la excarcelación cuando hubiere indicios vehementes de que el imputado tratará de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación”.
Tampoco se concederá el beneficio “en los supuestos de tenencia o portación ilegítima de arma de fuego de cualquier calibre”, o si “el imputado hubiera intentado eludir el accionar policial, evadir un operativo público de control o, de cualquier otro modo, desobedecer, resistirse o impedir el procedimiento”.
En su artículo segundo la norma indica que “las disposiciones de la presente Ley regirán en forma inmediata y se aplicarán aún respecto de los procesos, incidentes y recursos en trámite, sin afectar derechos adquiridos ni la validez de los actos cumplidos”.
La reforma al Código Procesal Penal, requerida por el Poder Ejecutivo bonaerense, fue sancionada por la Cámara de Senadores el 13 de diciembre último y hoy, a través del decreto 10 que lleva la firma del gobernador Daniel Scioli, entró en vigencia

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