
A partir del 1° de septiembre y durante tres meses, comienza en la provincia de Buenos Aires la veda anual del pejerrey (Odontesthes bonariensis) en los espejos de agua interiores, entre ellos lagunas, ríos, arroyos y canales.
La medida, establecida por la Dirección Provincial de Pesca, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense, tiene como principal objetivo proteger el ciclo reproductivo y de desove de la especie, favoreciendo la preservación del recurso ictícola en la denominada cuenca pampeana.
Durante este período, la actividad de pesca deportiva no queda completamente prohibida, pero sí se encuentra sujeta a una serie de restricciones que deberán ser respetadas por los pescadores.
Qué días se puede pescar durante la veda
La pesca deportiva estará habilitada únicamente los sábados, domingos y feriados, con algunas excepciones correspondientes a determinadas lagunas que también permiten la actividad los días viernes.
Además, existe una restricción horaria: está prohibida la pesca deportiva nocturna en todas las lagunas bonaerenses, independientemente del día de la semana.
El horario permitido se extiende desde el amanecer, establecido a las 5:00, hasta el ocaso, a las 20:00.
Cuántos pejerreyes se pueden sacar
La cantidad de ejemplares permitidos depende del espejo de agua donde se desarrolle la actividad.
Los principales cupos son:
- Laguna Chasicó: hasta 30 ejemplares por pescador.
- Lagunas Cochicó, Del Monte, Hinojo Grande y La Salada Grande: hasta 20 ejemplares.
- Cuero de Zorro, Sauce Grande, La Salada de Coronel Granada y demás lagunas bonaerenses: hasta 15 ejemplares.
- Ríos, arroyos y canales interiores: máximo de 15 ejemplares por pescador.
En todos los casos deberá respetarse además la medida mínima de extracción: 25 centímetros de largo total por pieza.
Los ejemplares que no alcancen esa longitud deberán ser devueltos al agua.
Requisitos y elementos permitidos
Durante la veda también existen disposiciones específicas respecto de los elementos utilizados para la pesca.
Se permite una sola caña por pescador, con un máximo de tres anzuelos por línea. Se recomienda utilizar anzuelos acordes con la talla mínima permitida, evitando aquellos demasiado pequeños que puedan provocar un trague profundo y aumentar la mortalidad de ejemplares juveniles.
La pesca embarcada está permitida únicamente mediante embarcaciones habilitadas y siempre dentro del cupo diario correspondiente al espejo de agua.
En determinadas lagunas de menor porte o con baja cota de agua, además, puede encontrarse restringida o prohibida la navegación a motor, especialmente para evitar interferencias en sectores de juncales utilizados por la especie durante la reproducción y deposición de huevos.
Por otra parte, está expresamente prohibido utilizar redes de arrastre, atarrayas, ganchos o cualquier otro arte de pesca masiva que no corresponda a la pesca deportiva.
Licencia obligatoria
Otro de los requisitos indispensables para realizar la actividad es contar con la Licencia de Pesca Deportiva de la provincia de Buenos Aires, cuya gestión se realiza a través de los canales oficiales del Ministerio de Desarrollo Agrario.
La documentación deberá encontrarse vigente al momento de la actividad, ya que los controles pueden realizarse tanto en los accesos a los distintos espejos de agua como durante la jornada de pesca.
Qué pasa si no se respeta la veda
El incumplimiento de las normas puede derivar en distintas sanciones.
Entre las medidas previstas se encuentra el secuestro del producto de la pesca, tanto en aquellos casos en los que los ejemplares hayan sido capturados fuera de los días u horarios permitidos como cuando no alcancen la medida mínima o se haya superado el cupo diario.
Además, las autoridades pueden proceder al secuestro de cañas, reeles, líneas, cajas de pesca y otros elementos utilizados para cometer la infracción.
En situaciones consideradas graves, como el empleo de redes, la realización de pesca masiva no autorizada o la resistencia a la autoridad, también puede disponerse el secuestro de la embarcación, el tráiler o el vehículo utilizado.
A esto se suman sanciones económicas, cuyos montos se establecen en Unidades Fijas (UF), vinculadas al valor de la nafta de mayor octanaje.
Finalmente, las infracciones pueden generar la suspensión o inhabilitación temporal o definitiva de la Licencia de Pesca Deportiva.
Una medida para proteger el recurso
La veda constituye una herramienta de manejo destinada a reducir la presión sobre el pejerrey durante una etapa fundamental de su ciclo biológico.
Por eso, desde el inicio de septiembre, quienes concurran a las lagunas, ríos, arroyos y canales bonaerenses deberán prestar especial atención a los días habilitados, los horarios, los cupos, la talla mínima y la documentación requerida.
El cumplimiento de estas disposiciones resulta fundamental para preservar las poblaciones de pejerrey y garantizar la continuidad de una de las actividades recreativas y deportivas más tradicionales de la provincia de Buenos Aires.


