sábado, abril 27, 2024
sábado, abril 27, 2024

Los principales robos en Nueve de Julio alcanza a metales no ferrosos

Un informe de la Asociación 'Seguridad Ciudadana en el 9' revela que bronce y cobre lideran los apoderamientos de objetos ajenos y luego se venden libremente si cumplir con la normativa que lo prohíbe, y pide la Banca 19 en Concejo Deliberante para tratar el tema

La asociación ‘Seguridad Ciudadana en el 9’, cuyo presidente es el abogado Martín Viera,  realizó un trabajo en territorio sobre los robos y hurtos que se realizan en el distrito de Nueve de Julio.

La asociación ‘Seguridad Ciudadana en el 9’, cuyo presidente es el abogado Martín Viera, realizó un trabajo en territorio sobre los robos y hurtos que se realizan en el distrito de Nueve de Julio.

A su vez, en su sitio de Facebook denominado ‘inseguridad en 9 de Julio’, donde las personas se expresan sobre los robos o daños que han sufrido, surge que los hechos más recurrentes en materia delictiva son el apoderamiento de bombas sumergibles de las obras en construcción o casas no habitadas o abandonadas, junto a los cables de electricidad y tableros; y demás objetos que contienen materiales no ferrosos. Este tipo de robos también es en inmuebles en general, se señala en el informe de la ONG.

Las expresiones espontáneas de los vecinos en el sitio Facebook de la asociación, llevó a sus integrantes a poner la lupa en los materiales no ferrosos.

Es que los mismos son rápidamente reducidos – ejemplo los cables quemados- para luego extraer el cobre para su venta o sea que la cadena en algunos casos termina en reducidores o compradores de metales, otros compradores lamentablemente son vecinos que aprovechan pagar un precio inferior sin importar la procedencia del objeto.

El informe hace abrir el ojo que los robos en los cementerios del distrito y la zona, al igual que los sufridos por cooperativas de objetos valiosos expuestos en tendidos de redes del servicios y transformadores, además de sus altos valores en el mercado, también incluyen materiales no ferrosos que tienen alta comercialización en sectores que compran lo robado.

Allí, en el informe de ‘Seguridad Ciudadana en el 9’, el Dr. Martín Viera recuerda que la ley 13.564 es la que regula la actividad de compra de los materiales no  ferrosos y  los enumera no taxativamente, pero es muy ilustrativo, ya que en su artículo 2 define “metales no ferrosos a todos los metales que no son hierro y a sus aleaciones, donde este sea el componente principal, conforme a la siguiente enumeración no taxativa, cobre, estaño, plomo, níquel …”, por citar algunos.

Y estos metales se encuentra en los bobinados de los motores eléctricos, algunas canillas, algunos reguladores de energía, placas de los cementerios, placas de los monumentos y cables en general, por dar algunos ejemplos, siendo muchos de ellos que están a la luz pública.

Dicha ley establece una serie de requisitos que deben cumplir quienes se dedican a la actividad de compra de tales metales, como contar con habilitación correspondiente y llevar un libro el cual debe ser rubricado, siendo la autoridad de control la estación de policía local, en cabeza del titular de la comisaria.

La misma reglamentación y su decreto reglamentario 1018/07 establecen las condiciones de compra o sea los datos que debe solicitar el comprador, como nombre, apellido, dirección, DNI etc. También establece la periodicidad en que la policía debe inspeccionar cada lugar de compra, para esos controles.

En tal sentido y tomando como premisa que los robos de materiales no ferroso son frecuentes, desde la ONG ‘Seguridad Ciudadana en el 9, se impulsa:

*Solicitar a quien corresponda en el municipio, informe los lugares de compra venta que cuentan con la habilitación correspondiente.

*Solicitar a la Estación de Policía comunal informe las inspecciones realizadas en el periodo de tiempo desde julio de 2023 a la fecha.

Además, el informe expresa que se advierte, que tampoco se cumple con la ordenanza 3.177 que prohíbe la venta ambulante y/o sus permisos, al respecto.

En este sentido, se observa un VACIO LEGAL en cuanto a la compra de METALES NO FERROSOS, añade el informe, por lo cual como es de público conocimiento suelen transitar por la ciudad camionetas provistas de parlantes que a viva voz, anuncia de la compra de tales bienes.

Esto facilita a quienes roban/hurtan los metales, y luego de reducidos, a ponerlos en el mercado desde la venta ambulante, sin control.

Ante ello, se solicita el uso de la Banca Ciudadana en el Concejo Deliberante, a los fines de proponer un proyecto de modificación de la ordenanza 3.177, con el fin de prohibir la compra-venta ambulante de metales no ferrosos a excepción de que cumplan los requisitos exigidos por la ley 13.564 y su decreto reglamentario 1018/07.

Además, debe ser bien conocido por la comunidad para frenar la cadena de robos y su venta ilegal.

 

 

 

 

.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Últimas noticias