lunes, abril 29, 2024
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El voto en blanco será considerado como ‘voto válido’ y no se suma

En las PASO 1.356.480 personas optaron por él, lo que significó el 5.51% y se sumaban a la formula más votad, ahora no.

A diferencia de las PASO, en los comicios generales de este domingo 22, el voto en blanco tiene un conteo distinto. Será considerado como ‘voto negativo’, es decir no se sumará a fuerza política alguna.

La Constitución nacional, desde 1994, establece que los votos se deben contar sobre los que son afirmativos, es decir, los que eligen a una boleta de candidatos.

Para calcular los porcentajes solo se cuentan los afirmativos y se excluyen los votos en blanco.

Los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional establecen qué es lo que necesita una fórmula presidencial para resultar ganadora. El primero señala que “cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del 45% por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación”. El artículo 98, en tanto, señala que “cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el 40% por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de 10 puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación”.

El voto en blanco consiste en colocar, en la urna, un sobre vacío o con cualquier papel, sea del color que sea, pero liso.

El voto nulo, consiste en colocar, en el sobre, cualquier elemento u objeto diferente a una boleta oficializada, o fotocopias de boletas, o boletas rotas o de diferentes agrupaciones políticas para un mismo cargo, o boletas escritas con leyendas –salvo que el elector tache candidatos y agregue otros nombres a mano, en cuyo caso el voto es válido-, o boletas con dibujos o imágenes superpuestas, o boletas tan deterioradas que impidan identificar a la agrupación política a la que pertenece.

Si durante la celebración de las elecciones generales ninguno de los candidatos consigue el porcentaje definido por la Constitución, se realiza una segunda vuelta para definir al presidente. En el balotaje se utiliza el mismo criterio que en las elecciones generales. Si bien lo único relevante es cuál de las dos fórmulas obtuvo más votos, el Código Electoral Nacional establece que resultará “electa la que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos”.

Los votos nulos y lo votos en blanco se cuentan, pero no se suman a ninguna fórmula.

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