jueves, abril 18, 2024
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Mala praxis médica en el Hospital Julio de Vedia: está en Mercedes la causa penal

Desde la Ayudantía de Fiscalías se trabajó en la instrucción y ahora el Fiscal Dr. Sebastián Villalba tiene que decidir si cita a indagatoria al médico-cirujano

Imagen referencial

Hace un mes se iniciaron desde el Hospital Julio de Vedia dos instancias ante un caso, que a priori fue de mala praxis médica.

El 25 de octubre pasado, un cirujano operó a una quinceañera, de la vesícula, cuando en realidad el llamado a quirófano era un nódulo mamario.

El médico Alejandro Buffoni, enterado de ese error, ingresó nuevamente a la sala de operaciones, volviendo sobre sus pasos, y operó a la adolescente sobre el mal que la había llevado a consulta, mientras salía de los efectos de la anestesia de la práctica anterior.

Desde entonces, al faltar la Historia Clínica de su lugar de custodia, los directores del hospital denunciaron el hecho, por tratarse de un documento público, ante la Ayudantía Fiscal.

Casi 24 horas después del hecho, la Historia Clínica apareció como conejo de la galera, y las sospechas recayeron en el médico, no solo la sustracción, sino si fue cambiado su contenido. Es que él habría aceptado ante algunos colegas ese proceder, incluído algún directivo del centro médico público.

A su vez, desde el nosocomio se puso en marcha una investigación interna que está en manos del ministerio de salud bonaerense.

Y hay otra acción que generaría el episodio. La acción civil por parte de la familia de la menor. No se conoce si se instó.

En otros términos, son tres las acciones para con el facultativo.

La penal, en marcha, donde está en crisis la agresión al bien jurídico protegido que es la vida, la salud y la integridad corporal de la joven quiroguense.

La civil, reparar económicamente el daño causado, donde la acción de la familia para hacerlo tiene 10 años por delante. Es decir, el médico podría vivir ese tiempo, pensando si la hoy menor, en etapa adulta acciona un reclamo, conforme a su estado de salud.

La administrativa, que impulsó el hospital y está en el ministerio de salud, y nada tiene que ver con la sanción civil o penal. La medida o pena va desde un apercibimiento hasta la inhabilitación.

Volviendo al hecho penal, todos esos trabajos de investigación y declaraciones testimoniales se realizaron desde la Ayudantía Fiscal, en razón de la inmediatez. Además del padre, enfermeros, asistentes y otros médicos, hasta un pediatra declaró para explicar los riegos en la salud en la menor, o si vivir sin vesícula, no tiene incidencia.

Finalizada la misma, se elevaron las actuaciones a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción N° 2 de Mercedes, y ahora la titular Dra. Valeria Chapuis, deberá decidir, entre otras posibles medidas, dos que son sustantivas. Por un lado, un informe médico de perito sobre la salud de la paciente y las posibles consecuencias de futuro, vivir sin vesícula. La otra es llamar a indagatoria al médico, principal responsable del hecho, en los términos del art. 308 del Código Procesal Penal bonaerense. Es de recordar que “responsabilidad”, deriva del latín “respondeo” que quiere decir “responder”, y ello significa la obligación de hacerse cargo de esos actos o daños. También puede desestimar la acción, por falta de delito.

A un mes del triste episodio, la investigación sigue su curso, y en princio hay elementos para configurar la tipificación penal.

 

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