miércoles, abril 24, 2024
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El Senasa controla la presencia de antibióticos en la carne

Cerdos faenados

Con el vencimiento del plazo de la Resolución de SENASA 594/15 el 1 de enero de 2019, los alimentos que se compren no podrán contener antibióticos como preventivos.

Solo podrán ser incluidos si su finalidad es curativa, por un plazo acotado y requerirán receta prescripta por el veterinario acreditado de la granja.
Esta nueva modalidad cambia el modo de utilización de antibióticos, en especial de forma preventiva, uso habitual en los alimentos iniciadores.

Los productores podrán incluir antibióticos en el alimento que preparen, de forma exclusivamente curativa, al igual que las empresas proveedoras de alimento, por indicación prescripta del veterinario acreditado que tenga declarado ante el SENASA la granja.
En todos los casos la indicación deberá estar anotada en el libro de novedades de la granja, el cual podrá ser auditado por personal del SENASA.

Es importante recordar que la adquisición de los antibióticos recetados debe hacerse exclusivamente de productos que estén habilitados por el propio SENASA.
Argentina comenzó un camino que muchos países ya vienen transitando y es el uso responsable de los antibióticos y la participación activa del profesional veterinario en las decisiones sanitarias de la granja.

Es importante el compromiso en este tema y la utilización correcta de los antimicrobianos, limpiando todo el sistema de preparación de los alimentos medicados, para evitar contaminaciones cruzadas y resultados positivos en los controles que realiza el Plan Creha.

Cualquier duda consulte en la oficina local del SENASA. Si es socio de la AAPP, puede consultar de forma directa escribiendo a [email protected]

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