viernes, julio 26, 2024
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La AFIP cambió el régimen de controles de equipajes

AFIP Regreso pais

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió nuevas disposiciones para facilitar el regreso de los residentes que viajan al exterior y evitar demoras innecesarias.

Deviene necesario agilizar la atención a los pasajeros, simplificando las formalidades y requisitos exigibles al equipaje de entrada, mediante nuevos controles inteligentes con el fin de optimizar la aplicación de la normativa aduanera” dada a conocer en el Boletín Oficial.

Los pasos que deberán seguir los viajeros son, conforme a la Resolución General 3991-E:

1. Retirado su equipaje, “el viajero deberá dirigirse hacia la zona de revisión próxima a la salida para formalizar, en todos lo casos, la declaración del mismo mediante la presentación del formulario OM-2087/G3 o OM-2087/G4 ante el servicio aduanero. Dichos formularios deberán ser provistos por las compañías de transporte”.

2. El pasajero deberá consignar si tiene o no bienes adquiridos en el exterior y si exceden la franquicia según proceda de país limítrofe o extrazona.

3. Quien tenga bienes para declarar que excedan la franquicia: “Deberá dirigirse a la vía identificada como ‘Tiene para declarar’ en la cual el servicio aduanero procederá a verificar dichos bienes.

4. Quien no tenga bienes para declarar o que no excedan la franquicia: “Deberá dirigirse a la vía identificada como ‘No tiene para declarar’, en la cual su equipaje será revisado selectivamente mediante controles no intrusivos (escáner).

5. “El servicio aduanero se reserva la potestad de reconducir al pasajero a los puntos de control para revisión de su equipaje”.

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