martes, octubre 22, 2024
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Se pone en marcha la Campaña Nacional de Concientización Vial

13608237_845590012243100_1267406313_nEste sábado 16, a las 10.30 hs se realizará el lanzamiento oficial de “Estrellas Amarillas 9 de Julio”, en la rotonda de Ruta Provincial Nº 65; acto que contará con la presencia de Julio Ambrosio, fundador de este movimiento a nivel nacional.

El acto, además dejará un mensaje “por la concientización sobre educación vial y memoria colectiva de las víctimas de tránsito”.

Cabe destacar que “Estrellas Amarillas 9 de Julio”, es una institución integrada por familiares de víctimas de accidentes de tránsito que en el presente año fue declarada como Entidad de Bien Público por la Municipalidad, realiza pintadas de estrellas en el lugar del siniestro de cada víctima y su objetivo principal es llevar adelante campañas de concientización vial.

dada la trascendencia a la jornada el Ejecutivo distrital elevo al Concejo Deliberante un Proyecto de Resolución expresando que la campaña iniciada por la Fundación Laura Cristina Ambrosio Battiste denominada campaña Nacional de concientización Vial estrellas amarillas ayuda a tomar conciencia el el transito toda vez  el sistema de desarrollo es una construcción social permanente que integra numerosos actores sociales, de los cuales llevan adelante una incansable labor para el mejoramiento de la seguridad vial en Argentina.

Que, el término accidente nos remite aquello que tiene un amplio margen de imprevisibilidad, cuando por el contrario, como está claramente demostrado, la mayor parte de los siniestros viales pueden prevenirse y responden en primer lugar a condiciones humanas.

Que, como es público y notorio, en nuestro municipio existe un preocupante grado de siniestralidad vial.

Que, a pesar de los esfuerzos realizados desde los distintos ámbitos gubernamentales, a nivel Nacional, Provincial y Municipal, siguen presenciando atónitos numerosas tragedias que seguramente en buena parte podrían haberse evitado. La conducta humana hace que muchas veces todos éstos esfuerzos no alcance en los siniestros viales.

Que, consideren a la educación y la memoria, constituyen los principales herramientas para trabajar en prevención de siniestralidad vial, para generar hábitos de protección y cuidado de la propia vida, el respeto por el prójimo a su derecho a existir y su integridad física.

Que, la tarea educativa es una estrategia de cambio, que nos permite acortar distancias y anticiparnos a aquello que no queremos que nos ocurra.

Que, la campaña iniciada por la Fundación Laura Cristina Ambrosio Battistel, se trata de una acción que tiene un fuerte valor pedagógico y de aporte a la construcción de las memorias colectivas. Un profundo significado implícito que nos permite a aquellos siniestros viales cotidianos de origen cultural y social que con el transcurso del tiempo, vamos neutralizando.

Que, la campaña de concientización vial estrellas amarrillas advierte y alerta a la población de los numerosas muertes por hechos de transito que se producen diariamente en ciudades rutas y caminos de nuestro país.

Que, con referencia simbólica-visual de la estrella amarilla donde sucedió un hecho trágico, se pretende impulsar un valor pedagógico en una sociedad que se ve y sufre el drama social que representa hoy la siniestralidad vial.

Que, el presente proyecto intenta agregar un ladrillo más a construcción de una red y eficiente campaña de educación vial, eje fundamental en la solución de la problemática en cuestión.

Que, desde el gobierno local se deberán llevar adelante las correspondientes actuaciones tendientes a difundir los alcances y objetivos de la campaña estrellas amarillas a los efectos de que la misma surta satisfactoriamente los resultados anhelados, procurando la participación, colaboración y por sobre todo el compromiso de la Asociación Intermedias, entidades públicas y privadas y de la sociedad en su conjunto.

Que, el trabajo permanente que viene realizando la fundación Laura Cristina Ambrosio Battistel y la Asociación Familiares Amigos de las víctimas de tránsito, merece nuestro pleno reconocimiento y junto a él plantear la necesidad de dar la mayor visibilidad posible al flagelo que continua cobrándose vidas humanas días, tras día.

POR ESO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE.

RESOLUCION

Artículo Io Declarar de Interés Municipal a la Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas “Si a la Vida” promovida por la Fundación Laura Cristina Ambrosio Battistel y a la Asociación Argentina Familiares y Amigos Victimas de Transito (dependiente de la fundación), por su significativa contribución a dar mayor visibilidad a la profunda endemia social que atraviesa la Argentina en materia de siniestralidad vial.

Artículo 2o Determinase que, en el marco de dicha campaña, deberá pintarse una estrella amarilla en cada lugar donde se produzca un accidente de tránsito con víctima fatal y por cada una de ellas.

Artículo 3o Las estrellas deberán respetar las siguientes características:

  1. Ser de color amarilla.
  2. b) Contar con cinco puntas.

c)Completar como mínimo un diámetro de ochenta centímetros.

d)Utilizar un tipo de pintura de fuerte adherencia, o alternativa de larga duración.

Artículo 4o Las estrellas deberán pintarse sobre las calles, en los lugares indicados en el artículo 2o. En aquellos lugares donde ello no fuera posible, deberá buscarse un procedimiento alternativo para ubicar la respectiva estrella, como un cartel o cualquier otro procedimiento que el Departamento Ejecutivo Municipal estime.

Artículo 5o Los familiares directos de víctimas fatales de accidentes de tránsito ocurridos en el pasado, podrán solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que se proceda a pintar una estrella amarilla en el lugar del respectivo siniestro.

Artículo 6o El Departamento Ejecutivo Municipal deberá llevar adelante las correspondientes acciones tendientes a difundir los alcances y objetivos de la campaña “Estrellas Amarillas”, procurando la participación, colaboración y el compromiso de asociaciones intermedias, entidades públicas y privadas y de la sociedad en su conjunto.

Artículo 7o Autorizase al departamento ejecutivo realizar los convenios necesarios con la agrupación “Estrellas amarillas” a los fines de que esta ejecute la ordenanza.

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