viernes, marzo 29, 2024
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El tarifazo del gas esta suspendido judicialmente

La Cámara Federal de La Plata declaró  hoy “nulas” las resoluciones del Ministerio de Energía y Minería  de la Nación que dispusieron un aumento en el servicio de gas y  ordenó “retrotraer” la situación tarifaria “a la existente  previamente al dictado” de esas normas, y al mismo tiempo ordenó suspender por tres meses  el ajuste en el cuadro tarifario eléctrico en la Provincia, informaron fuentes judiciales.

Al declarar nulas las resoluciones del ministerio, el fallo de  la Cámara no se limita, como otros, a los límites de una  provincia o municipio sino que tiene alcance para los usuarios de gas de  todo el país.

El fallo de la Sala II surge tras la apelación que una asociación civil, una ONG y el Estado nacional  realizaron a la resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia 4  de esta capital, que ordenó convocar a una audiencia pública para  debatir con usuarios el aumentos que rigen desde marzo.

En la apelación el Centro de Estudios para la Promoción de la  Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) y la ONG Consumidores Argentinos  plantearon la inconstitucionalidad del aumento aduciendo que el  Estado no realizó previo a la aplicación del nuevo cuadro tarifario  una audiencia pública para informar a los usuarios de los  cambios.

En ese sentido consideraron que “se violó el derecho  constitucional a la participación ciudadana”, por la falta de audiencia  pública y demandaron la suspensión del aumento tarifario.

Por su parte, la representación del Estado indicó que la  suspensión del aumento “en caso de aplicarse, causaría un gravamen  irreparable” en las empresas que brindan el servicio y que es posible  realizar un ajuste tarifario sin realizar una audiencia pública  previa.

Sin embargo, los jueces César Álvarez, Olga Calitri y Leopoldo  Schiffrin, consideraron “que la Audiencia Pública es un mecanismo  de participación ciudadana, que refuerza los principios de acceso  a la información y a la transparencia de las actuaciones  estatales”.

Asimismo, precisaron que “no es el Poder Judicial el encargado  de definir la política estatal, ni los parámetros tarifarios de  la prestación de servicios públicos, pero tampoco puede aceptarse  que el reconocimiento normativo de derechos por órganos  representativos de la voluntad popular, queden sin tutela efectiva, allí  donde se constata su vulneración”.

“Limitar la realización de audiencias públicas para la  definición de cuestiones ‘permanentes’, dejando fuera de ellas aspectos  de fuerte impacto como es la modificación material de la tarifa que  deben abonar los usuarios, implica transformar a todo el sistema  de participación consagrado constitucional, convencional y  legalmente en una mera formalidad cuya utilidad tiende a disminuir desde  la perspectiva de quienes deben pagar el importe de las tarifas”,  aseguraron.

Finalmente, los magistrados recordaron una resolución de la  Suprema Corte de Justicia bonaerense de diciembre de 2014, en la que  el máximo tribunal anuló un aumento del agua del 180 por ciento  aplicado por la empresa ABSA en 2012 por no haberse realizado la  audiencia pública previa a la aplicación del nuevo cuadro tarifario.

Por todo ello, los jueces de la Sala II de la Cámara Federal  de La Plata declararon “la nulidad de las Resoluciones 28 y 31 del  Ministerio de Energía y Minería de la Nación, retrotrayéndose la  situación tarifaria a la existente previamente al dictado de ambas”  y remitieron una copia al fuero Nacional en lo Contencioso  Administrativo Federal porteño.

En tanto, el Ministerio de Energía y Minería informó esta noche que tomará “los pasos procesales necesarios  para defender las medidas tarifarias que hemos dictado”, en alusión  a los aumentos en el servicio de gas natural por redes.

En un escueto comunicado, la cartera energética señaló que  “estamos analizando los alcances del fallo y, en cualquier caso, como  hemos hecho en todos los amparos, daremos todos los pasos  procesales necesarios para defender las medidas tarifarias que hemos  dictado y que están plenamente basadas en los marcos legales de cada  uno de los servicios públicos involucrados”.

De esta manera, el gobierno salió al cruce del fallo de la  Cámara Federal de La Plata mediante el cual declaró nulo el ajuste de  tarifas en el servicio de gas aplicado desde el 1 de abril  último.

 

Desde que se conoció el fallo, en horas de la tarde, asesores  legales de la cartera a cargo de Juan José Aranguren se abocaron  al análisis de la medida y, según trascendió, el gobierno  presentará el lunes o martes próximos un recurso extraordinario ante la  Cámara Federal de La Plata apelando el fallo.

Si la Cámara no lo eleva, el gobierno irá en recurso de queja  ante la Corte Suprema, procurando que el alto tribunal se  pronuncie lo antes posible sobre la cuestión de fondo, que refiere a la  validez o no de los aumentos tarifarios dispuestos.    Hasta la resolución de esta tarde, el gobierno había ya  presentado ante la Corte tres pedidos de Per Saltum procurando un aval a  su decisión de política tarifaria, cuestinada por particulares y  algunos gobiernos municipales y provinciales.

 

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