martes, octubre 22, 2024
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Primer pronunciamiento sobre el pago de los aumentos de luz hasta que la justicia resuelva las apelaciones

El día 31 de mayo de 2016, el juez en lo Contencioso Administrativo, Dr. Luis Federico Arias, dio lugar a la solicitud presentada por el Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ) en relación a la medida cautelar peticionada ordenando a las empresas EDELAP, EDES S.A., DEA S.A. y EDEN S.A. que suspendan la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía, autorizados mediante Resolución Nº 22 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia.

Asimismo, ordenó a las empresas mencionadas abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar nueva liquidación y emitir nuevas facturas.

Dicho fallo fue ampliado con fecha 2/06/2016 en virtud del cuál extendió el alcance de la medida a las cooperativas que prestan el servicio de energía eléctrica en la provincia de Buenos Aires.

Actualmente el fallo fue apelado el día 6/06/2016 por lo que  expediente en curso fue elevado a Segunda Instancia y hasta que no se resuelva dicha apelación las empresas no darán cumplimiento con lo dictaminado en Primera Instancia.

Desde esta Oficina Municipal de Información al Consumidor  aconsejamos a los usuarios que se abonen las tarifas cuyo vencimiento se produzca en el mes en curso hasta tanto la justicia se expida con un fallo definitivo puesto que, en el caso de que se resuelva continuar con el cuadro tarifario vigente que prevé nuevas tarifas, los usuarios se verían perjudicados debiendo abonar las diferencias no pagadas hasta el momento más las nuevas facturas, con vencimiento en los próximos meses.

En los casos en que los usuarios no sean beneficiarios de la tarifa social al día de la fecha, pueden gestionar la misma a través del sitio web: https://www.minem.gob.ar/formulario/. También pueden consultar sobre la misma al 0800-333-2182.

Por otra parte y de acuerdo a lo informado por algunas distribuidoras locales, las mismas están realizando las gestiones necesarias para el caso que la medida cautelar continúe en vigencia y deban cumplir con lo que el Dr.  Arias resolvió, es decir, emitir nuevas facturas para el servicio de energía eléctrica.

Respecto al servicio de gas natural es importante recalcar que, al día de la fecha,  la empresa local Camuzzi Gas Pampeana S.A. en ningún caso ha informado sobre la posibilidad de no abonar las facturaciones puesto que no han recibido ninguna notificación del Ente Regulador.

En cuanto a los topes publicados el día 06/06/2016, mediante la Resolución 99/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, para los usuarios Residenciales y Servicio General P con sus subcategorías, que son del 400 % y del 500 % respectivamente,  es de destacar que, al día de hoy no se están aplicando pero ni bien se de curso a la misma se llevaría a cabo un reconocimiento de la empresa  respecto de lo abonado por encima de dichos porcentajes, los que se verían plasmados en las facturaciones subsiguientes.

Asimismo, quienes deseen ser incorporados en la tarifa social, pueden realizar el trámite a través del sitio web antedicho.

Respecto al servicio de agua potable, la tarifa social se tramita en ABSA SA a través de una DDJJ que debe llenar el usuario y acompañar la documentación que la misma prevé.

Finalmente, y para aquellas personas que no hayan sido incluidas en la tarifa social pero que cumplan con los requisitos necesarios pueden consultarnos de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 hs, en Alsina 124 a fin de realizar el correspondiente reclamo.

 

 

 

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