jueves, abril 25, 2024
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La justicia bonaerense avaló que Scioli no de información de la distribución de la publicidad oficial

La justicia provincial rechazó un amparo de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) para conocer cómo el gobierno bonaerense distribuyó su presupuesto publicitario.Publicidad Oficial

El caso irá a la Suprema Corte provincial.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata rechazó una acción de amparo presentada por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) donde solicitaba que se ordene al gobierno provincial entregue datos sobre la distribución de su presupuesto publicitario de los años 2010 y 2011. La ADC considera que la sentencia  es contraria a la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por lo que apelará  ante la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires.
La ADC había presentado un pedido de acceso a la información en septiembre de 2012. El mismo era parte del monitoreo sobre el gasto publicitario estatal que la ADC lleva adelante en relación al gobierno federal y a los gobiernos de la Provincia y Ciudad de Buenos Aires. En este caso, la Provincia de Buenos Aires nunca contestó el pedido de acceso a la información, por lo que la ADC presentó una acción de amparo que fue acogida favorablemente en primera instancia, en un fallo que reconoce la naturaleza constitucional del acceso a la información pública y la ilegalidad y arbitrariedad de la conducta de la administración al no entregar la información requerida.
Sin embargo, esa decisión fue revocada –en un fallo dividido— por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata. Los jueces que integraron la mayoría consideraron que la ADC no tenía derecho a esa información ya que no había demostrado tener un interés legítimo en acceder a ella, tal como exige una ley en la Provincia de Buenos Aires.
En efecto, la ley 12.475 de la Provincia de Buenos Aires prevé que para poder acceder a información será necesario acreditar que quien solicita la información tiene un interés legítimo en acceder a ella. Según la ADC, ello es contrario al derecho de acceso a la información pública, el cual se reconoce en forma amplia a todos los ciudadanos por el simple hecho de ser tales. Como lo ha sostenido la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la “información debe ser entregada sin necesidad de acreditar un interés directo para su obtención o una afectación personal”.
La ADC presentará un recurso extraordinario ante la Suprema Corte provincial para que revea y revoque la decisión de la Cámara.
Cabe recordar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció el derecho de acceso a la información -por primera vez- en diciembre pasado en un caso de la Asociación por los Derechos Civiles – ADC – contra el PAMI  para acceder a información también sobre la distribución de la publicidad oficial. El máximo tribunal consideró que negar información pública constituye una restricción “severa” de este derecho fundamental y que se trata de un acto arbitrario e ilegítimo.
 

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