sábado, abril 20, 2024
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El Bloque FpV K propone una alternativa para los pagos de la Comuna

El Bloque de Concejales del FpV K recordaron que con fecha 18 de mayo, habían elevado al Concejo Deliberante un Proyecto de Comunicación tendiente a dar prioridad de pago ante las dificultades  financieras de la comuna. Lo hicieron ante el conocimiento del Decreto 1235 del día de hoy donde se establecen las modalidades y prioridades para abonar los haberes de los Municipales.

La propuesta del Justicialismo fija las pautas de todos aquellos que reciben dinero des las arcas de la comuna conforme a sus servicios, los cuales algunos como los proveedores no están contemplados en la normativa de la fecha.

Textualmente la iniciativa de los Concejales Guillermo Rodriguez, Noelia Gatti, Alberto Capriroli y  María Elena Defunchia es la siguiente:   

9  de Julio, 18 de Mayo de 2012.

 
Señor:
Presidente del HCD                         Ref. PAGOS DE HABERES
Dr. HORACIO BAGLIETTO           
Municipalidad de 9 de Julio                        
S                    /                     D
 
De nuestra mayor consideración:
 
Nos dirijimos a ud, a efectos de dar tratamiento legislativo a la siguiente cuestión:
 
VISTO que se viene vulnerando el derecho al que accedían los obreros y empleados municipales de cobrar sus haberes el último día hábil de cada mes, y
 
Considerando: que para la mayoría de ellos representa el único ingreso familiar
Que la falta de cobro en aquel término deteriora la capacidad adquisitiva de los mismos
Que es razón de justicia que se garantice aquel derecho en forma urgente
 
El bloque de concejales del FPV “K”, presenta el siguiente
 

Proyecto de Comunicación

 
Este HCD vería con agrado que el DE priorice el siguiente cronograma de pago de los conceptos salariales:
 
1- Haberes correspondientes a los obreros y empleados.
2- Horas extras y viáticos correspondientes a los obreros y empleados.
3- Retenciones que correspondan ser ingresados a entidades gremiales obreras.
4- Retribuciones de funcionarios y dietas de concejales.
5- Retenciones que correspondan a los partidos políticos.

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