viernes, abril 26, 2024
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En Trenque Lauquen los funcionarios publicos deben hacer una Declaración Jurada de bienes

Trenque Lauquen Concejo Deliberante

El Concejo Deliberante de Trenque Lauquen aprobó por unanimidad una Ordenanza que obliga a los funcionarios a prestar declaración jurada de sus bienes antes de asumir.

En los fundamentos se hizo referencia que se busca brindar  mayor transparencia en la gestión de cada uno de ellos.

La nueva norma establece en base a la legislación nacional  y provincial sobre ética pública, comprendida en las leyes 25.188 y el Decreto Ley 9624/80; que los funcionarios deberán presentar una declaración jurada de su estado patrimonial y financiero al día del comienzo de  funciones, dando un paso muy importante en el avance en control de la gestión pública, en la transparencia y con el objetivo de logar un programa de gobierno abierto en ciudad de Trenque Lauquen.

La Ordenanza fija que la Declaración Jurada debe ser presentada por los Concejales titulares y suplentes y al Secretario Administrativo del Concejo, Intendente Municipal, Secretarios, Directores, Asesores Letrados, Apoderados Judiciales con relación de dependencia, Contador Municipal, Jefe de Compras, Tesorero, Delegado de la localidad de Beruti y Director del Ente descentralizado de la localidad de 30 de Agosto.

 Ademas, fija que deben denunciar la participación, con indicación de porcentaje en la propiedad u otro derecho sobre bienes registrables, muebles e inmuebles, con especificación de los datos identificatorios de los mismos, conforme la modalidad utilizada por cada registro.

También incluye  las participaciones societarias, con indicación de porcentaje, nombre, matrícula y domicilio de la correspondiente sociedad, y en el caso de sociedades de hechos, la denominación y domicilio de las mismas.- Inversiones financieras de todo tipo, monto de depósitos bancarios, o en cualquier otra entidad, y fondos de comercio, debidamente identificados. La obligación se extiende a los bienes en el territorio de la República Argentina y en el extranjero, en este último caso con indicación expresa de la jurisdicción en que se encuentran.

Un aspecto significativo esta dado en que deben declarase los bienes de los cónyuges, concubinas o concubinos e hijos ascendientes, es decir, padres del funcionario (la norma dice ascendientes y descendientes)

Las declaraciones juradas podran verse a partir de diciembre 2015 en la página Web del municipio de Trenque Lauquen: www.trenquelauquen.gov.ar

 

 

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