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Causa por defraudación a la CEyS Mariano Moreno y Administración Pública: condenan a tres años de prisión condicional a Omar Malondra

Lo decidio el Juzgado Correccional Nª 1 de Mercedes al tiempo que absolvió a Carnen Castagnino y Alfredo Poggino por no comprobarse su participación en la estafa

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La jueza del Juzgado Correccional N° 1 de Mercedes declaró culpable a Omar Miguel Malondra por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública. En tanto, Alfredo Abel Poggi y Carmen Amalia Castagnino fueron absueltos al .

El Juzgado Correccional N° 1 del Departamento Judicial Mercedes dictó sentencia en la causa ME-1345-2022 (IPP 09-00-007384-17), vinculada a una maniobra de defraudación en perjuicio de la administración pública ocurrida en la ciudad de Nueve de Julio.

En el fallo, la magistrada resolvió dictar veredicto de culpabilidad contra Omar Miguel Malondra, al considerar acreditada su responsabilidad como autor del delito de defraudación en perjuicio de la administración pública, previsto en los artículos 45 y 174 inciso 5° del Código Penal.

Según la sentencia, durante el juicio quedó probado que Malondra desplegó un engaño para inducir al error a la administración permanente de la Cooperativa “Mariano Moreno”, entidad que presidía, con el objetivo de incorporar a la empresa “Sutec”. De esa manera, se permitió que un tercero obtuviera fondos provenientes de cheques emitidos por la cooperativa mediante una operatoria considerada irregular por el tribunal. El monto de la estafa serìa del 10% de una suma en 2015 de $52 millones.

Tras valorar la prueba producida durante el debate, la jueza concluyó que se encontraban reunidos los elementos necesarios para acreditar la existencia del delito y la autoría de Malondra, descartando la existencia de causales de justificación o eximentes de responsabilidad.

Pena

En la etapa de determinación de la pena, el Juzgado impuso a Malondra tres años de prisión de ejecución condicional, además del pago de las costas del proceso.

Asimismo, deberá cumplir durante tres años una serie de reglas de conducta, entre ellas:

  • Mantener domicilio fijado y someterse al control del Patronato de Liberados.
  • Abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.
  • No concurrir a la Cooperativa de Nueve de Julio.
  • Realizar tareas comunitarias no remuneradas durante tres horas semanales por el plazo de tres meses o, alternativamente, donar al hospital público mil pañales mensuales durante tres meses.
  • No cometer nuevos delitos.

Para fijar la modalidad condicional de la condena, la jueza tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales del condenado, su edad, el buen concepto personal evidenciado durante el juicio y la inexistencia de riesgos procesales.

Absoluciones

En la misma resolución, el tribunal absolvió a Alfredo Abel Poggi y a Carmen Amalia Castagnino, al considerar que durante el debate no se logró acreditar su participación delictiva en los hechos investigados. La absolución fue dictada sin imposición de costas.

Con esta sentencia, el Juzgado Correccional N° 1 de Mercedes dio por concluido el proceso judicial iniciado por la presunta defraudación en perjuicio de la administración pública, diferenciando la responsabilidad penal de cada uno de los imputados conforme a la prueba producida en el juicio.

En tanto, el abogado de la Cooperativa en su caracter de Particular Damnificada no descarta apelar la sentencia conforme el Dr. Franco Rossello le adelantó a Cadena Nueve al tiempo que la defensora de los imputados del proceso, Dra. Irene Marchiana señaló a este medio que apelará la sentencia.

Una sensación agridulce”

Tras conocerse la resolución, el abogado Franco Rossello, representante de la Cooperativa Mariano Moreno como particular damnificada, realizó un balance de la sentencia.

“Es una sensación agridulce. Es satisfactoria en cuanto a la condena para Malondra porque durante el desarrollo del juicio, con toda la prueba producida, había quedado más que clara su indudable responsabilidad en esta maniobra que perjudicó a los ciudadanos de Nueve de Julio y, en definitiva, a toda la sociedad, porque se trataba de fondos nacionales”, expresó.

Respecto de las absoluciones de Poggi y Castagnino, Rossello explicó que aguardará conocer los fundamentos completos del fallo antes de definir los pasos a seguir.

“Todavía no leí los fundamentos del veredicto. Me adelantaron que la absolución estaría vinculada al beneficio de la duda. Analizaremos detenidamente cuáles fueron los motivos que llevaron a la jueza a tomar esa decisión y evaluaremos si corresponde interponer un recurso de apelación. La resolución todavía no está firme”, afirmó.

El abogado sostuvo además que, a su criterio, durante el debate quedó demostrado el rol central que desempeñó Malondra en la maniobra investigada.

“Era claro y evidente el control que tenía Malondra sobre la cooperativa. Fue uno de los ideólogos de esta maniobra para defraudar a la gente de Nueve de Julio”, señaló.

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