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Eliminan la habilitación municipal para trámites ante el Registro Nacional de Armas

La nueva resolución publicada en el Boletín Oficial regula la presentación de documentación para fábricas, depósitos y agencias

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El Gobierno encabezado por Javier Milei dispuso la eliminación de la exigencia de habilitación municipal como requisito para realizar trámites ante el Registro Nacional de Armas (RENAR). La decisión fue oficializada este viernes mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial y se enmarca dentro de una política de simplificación administrativa.

Según el texto oficial, la obligación de presentar documentación municipal generaba demoras innecesarias, duplicación de controles y dificultades para establecer criterios uniformes en todo el país, debido a las diferencias entre regulaciones locales.

A partir de ahora, el cambio alcanza a diversos procedimientos vinculados con la inscripción y rehabilitación de instalaciones como fábricas, depósitos y lugares de almacenamiento de nitrato de amonio en solución, una sustancia sujeta a control. También incluye a agencias de seguridad privada, empresas de transporte de caudales y entidades financieras.

En estos casos, ya no será necesario presentar constancias municipales para trámites como altas, reaperturas, cambios de domicilio o renovaciones. En su lugar, bastará con una certificación emitida por la autoridad jurisdiccional correspondiente.

No obstante, el organismo aclaró que esta flexibilización no implica una exención del cumplimiento de las normas locales vigentes. Cada jurisdicción continuará siendo responsable de verificar las condiciones de habilitación y funcionamiento de las actividades reguladas.

La resolución también deja sin efecto partes de normativas anteriores, como la 220/08 y modificaciones introducidas por la 35/14, que establecían la obligación ahora eliminada.

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