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Tarifas de luz: la Justicia frenó el aumento dispuesto por la administración de Kcillof y alcanza a las Cooperativas

La decisión judicial surgió tras un planteo de la Defensoría del Pueblo y establece cómo debe aplicarse la medida mientras continúa la disputa por el cuadro tarifario vigente

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La Justicia volvió a intervenir sobre el esquema tarifario de la electricidad en la provincia de Buenos Aires y aclaró el alcance de la medida cautelar que había suspendido el último aumento autorizado por el Gobierno bonaerense.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca determinó que la suspensión también comprende a las más de 200 cooperativas eléctricas que prestan el servicio en distintos municipios del interior bonaerense.

La aclaración fue realizada por el juez Agustín López Cóppola luego de un pedido presentado por la Defensoría del Pueblo, que había solicitado precisiones sobre los alcances de la resolución judicial dictada el pasado 18 de septiembre.

En aquella primera resolución, la Justicia había ordenado suspender la aplicación del cuadro tarifario aprobado para los usuarios de las distribuidoras EDELAP, EDES, EDEA y EDEN, pero no hacía una mención expresa a las cooperativas eléctricas.

Ante el planteo, el magistrado aclaró que los efectos de la cautelar alcanzan a las entidades que prestan el servicio público de energía eléctrica bajo jurisdicción provincial y municipal.

En ese sentido, sostuvo que no resulta necesario dictar una nueva resolución, debido a que las cooperativas ya se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la Resolución 585/2026 y, por lo tanto, también quedan alcanzadas por la suspensión dispuesta por el tribunal.

El OCEBA deberá comunicar la medida

Para garantizar que las cooperativas reciban formalmente la información, el juez ordenó librar un oficio al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA).

El organismo deberá comunicar la medida cautelar a las cooperativas prestadoras del servicio eléctrico que se encuentran bajo jurisdicción provincial y municipal.

De esta manera, la Justicia busca despejar las dudas sobre la aplicación de la cautelar y establecer que la suspensión del cuadro tarifario no se limita a las grandes distribuidoras, sino que también alcanza a los prestadores cooperativos.

Qué pasa con las facturas

El cuadro tarifario cuestionado comenzó a regir el 1° de agosto e implicó incrementos sobre distintos componentes provinciales de la tarifa, principalmente sobre el Valor Agregado de Distribución (VAD).

A partir de la medida judicial, los prestadores alcanzados deben abstenerse de aplicar los valores establecidos en ese cuadro tarifario y utilizar el esquema anterior mientras se mantenga vigente la suspensión.

Además, la resolución contempla una situación específica para quienes ya hayan recibido facturas con los valores incrementados.

En esos casos, los importes cobrados de acuerdo con el cuadro tarifario suspendido deberán ser imputados como saldo a favor en la próxima factura.

La aclaración judicial suma así un nuevo capítulo a la discusión por las tarifas eléctricas en la provincia y extiende expresamente los efectos de la cautelar a uno de los sectores centrales del sistema energético bonaerense: las cooperativas que abastecen a numerosas localidades del interior.

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