lunes, septiembre 9, 2024
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La AFIP elimina la obligación de registrar contratos de alquiler tanto urbanos como rurales

La normativa contempla nuevos requisitos que incluyen beneficios fiscales en caso se se hagan las denuncias de las locaciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la eliminación de la obligación de registrar todos los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales destinados a vivienda, con el objetivo de simplificar la carga administrativa para los contribuyentes. Esta medida se formalizó a través de la Resolución General 5545/2024, que deroga la ley N.º 27.551 de Alquileres en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 70/2023.

Detalles de la Nueva Normativa

La resolución reciente elimina la obligación general de registrar contratos de alquiler en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”, simplificando así los procesos para locadores y locatarios. A partir de ahora, la registración de estos contratos será opcional, excepto para aquellos que deseen acceder a beneficios fiscales específicos.

A pesar de la eliminación de la obligación general, los locadores que deseen beneficiarse de ciertos incentivos fiscales deberán seguir registrando sus contratos. Estos beneficios incluyen:

  • Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)
  • Impuestos sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias
  • Bienes Personales
  • Impuesto a las Ganancias

Los contratos deben registrarse en el servicio RELI de la web de la AFIP, utilizando una clave fiscal, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la firma del contrato. Este registro es necesario para obtener las deducciones y beneficios fiscales correspondientes.

Categorías y Requisitos para la Registración

Los contratos deben clasificarse en una de las siguientes categorías:

  • Locador urbano
  • Arrendador
  • Locador temporario
  • Locador de superficies dentro de bienes inmuebles

Para registrar un contrato, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Poseer la CUIT activa.
  2. Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal ante la AFIP.
  3. Constituir el Domicilio Fiscal Electrónico.
  4. Mantener actualizada la información sobre actividades económicas en el “Sistema Registral”.

Contratos Electrónicos y Otras Consideraciones

La nueva normativa también incluye la registración de contratos celebrados electrónicamente mediante plataformas digitales y aplicaciones móviles. Este enfoque busca adaptarse a las tendencias actuales y a la creciente digitalización de los procesos administrativos.

Eliminación del Requisito de Adjuntar Contratos en el Impuesto a las Ganancias

Además de la eliminación del registro obligatorio, se ha dispuesto la eliminación del requisito de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para empleados en relación de dependencia que buscan acceder a las deducciones del impuesto a las Ganancias. Este cambio simplifica el proceso para obtener deducciones del 40% y del 10% sobre el monto del alquiler pagado, reduciendo así la burocracia para los trabajadores.

Implicaciones y Repercusiones

La medida tiene implicaciones significativas tanto para locadores como para inquilinos. Para los propietarios, la eliminación del registro obligatorio puede reducir la carga administrativa y permitir un enfoque más flexible en la gestión de sus propiedades. Por otro lado, los inquilinos podrían enfrentar cambios en cómo se gestionan y reportan sus alquileres, especialmente en relación con las deducciones fiscales y los beneficios asociados.

Con la eliminación de la obligación general de registrar contratos, el foco se desplaza hacia la simplificación administrativa y la posibilidad de acceder a beneficios fiscales bajo nuevas condiciones. Esta medida refleja un esfuerzo por parte de la AFIP para hacer que el cumplimiento fiscal sea menos oneroso para los contribuyentes, mientras mantiene mecanismos para asegurar la transparencia y el acceso a incentivos fiscales.

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