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El Monte de Gobierno es un bien del Estado y durante décadas ha sido usurpado

Trascendió en los Tribuales de Mercedes que la Cámara de Apelaciones confirmaría el fallo de primera instancia con estos argumentos y exigiría su inmediata desocupación aunque haya apelación a la Suprema Corte

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En ámbitos tribunalicios mercedinos circula la especie que  la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que se abocó a analizar la apelación del fallo de primera instancia por el cual se ha rechazado la demanda que impulsara hace casi 18 años el convecino Gustavo Noli a los fines de regularizar el dominio del bien que ocupa conocido como ‘Monte de Gobierno’, y sería ratificada.

Es decir, que lo resuelto por la Jueza Cintia Carolina Soto, magistrada del Juzgado en lo Civil y Comercial del Juzgado 10,  expediente 74094, autos ‘Noli, Gustavo Ricardo c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires s/ Usucapión’, no haciendo lugar a la demanda impulsada por el particular se ratificaría y a su vez, se confirmaría el fallo en el expediente 73872, ‘’Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/ Noli, Gustavo Ricardo s/ reivindicación’, que ordena la inmediata desocupación por usurpación.

Dicho dictamen tendría como particularidad que el bien debe ser restituido a la brevedad al Estado– se fijarían cinco días –  y de ser apelada la sentencia a la Suprema Corte de justicia y de darle ésta la razón a Noli se le devolvería.

El 16 de octubre del año pasado CN daba cuenta de ambos fallos, tras una historia de ocupación del inmueble desde el año 1988 por quien detenta la regulación del bien ocupado. Son cerca de 88 hectáreas de campo ubicadas entre la Ruta Nacional 5 y las vías del Ferrocarril Sarmiento, camino a French a uno 1200 mts. de la Ruta 65, con ingreso por la continuación de Avda. Urquiza.

El predio, patrimonio del Estado Provincial, concedido a la Municipalidad de Nueve de Julio estaba abandonado desde hacía muchos años. Noli, conocedor del lugar por tener sus abuelos hectáreas colindantes y cercanas era fiel testigo de lo que pasaba con esas tierras.

De manera pacífica ingreso, alambro y comenzó a realizar mejoras.

Tras varios años de ocupación, inició acciones judiciales que datan desde hace casi 18 años de esa ocupación de 32, por entender que hay derechos adquiridos para ser registralmente su dueño. es decir, tener el título de propiedad.

El actor de la demanda entendió que tenía derechos para ser dueño de esas tierras. Uso ininterrumpido por más de 30 años, con posesión pública, pacífica, continuada y tener comportamiento de dueño es decir animo de dominio, para la ley “ánimus domini”, al comportarse como tal ante terceros.

Por su parte la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, órgano de la Constitución bonaerense que representa a la provincia en todo tipo de litigio, señaló en todo momento que los bienes del Estado no pueden ser objeto de usucapión y habría señalado que se carece de partida para que tribute ante Rentas de la Provincia añadiendo que se estaba ante un usurpador y por lo tanto, el ocupante debía dejar el bien, es decir, retirarse. Hizo la acción de reinvindicación – devolución del Monte de Gobierno – y es hasta el momento es lo que ha prosperado. Han señalado que no hay usucapión de los bienes -inmuebles o muebles-, cuando se trata de bienes públicos.

Por su parte, Gustavo Noli insiste que el propio Estado lo reconoce como dueño ya que hay un Plano de la Dirección de Catastro de la provincia con visamiento de la Municipalidad de Nueve de Julio, donde en el Cuartel XV figura ese bien a su nombre. Suma que tributa por la Chacra 460 a través de las partidas 1045 y 1048.

Es decir, siempre ha entendido y entiende que tiene rezones -derechos – suficientes para sentirse dueño y pedir que el bien se disponga a su nombre.

De confirmarse esta especie, el actor apelará ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, y se terminará en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de ser necesario, añade. En ambos casos la batalla judicial desde afuera del predio.

Por su parte, desde el Municipio se guarda silencio, esperan el fallo y no descartan que de poder disponer de ese bien que alguna vez se le entregó para su uso al Estado Municipal – que dicho sea de paso no lo cuido en su momento – se proyectará llevar adelante allí el tratamiento de la basura con la normativa vigente por el respeto ecológico que se guarda y se erradicaría el basural.

 

 

 

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