viernes, marzo 29, 2024
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Los Ingenieros Civiles están habilitados a realizar tareas de mensura

dto1213-29-12-2000b Los ingenieros civiles con títulos expedidos de acuerdo a planes de estudios cuya aprobación fue solicitada por las universidades con anterioridad al dictado de la Resolución N° 1232/2001 se encuentran habilitados a realizar trabajos de mensura, es decir que pueden efectuar planos de mensura para inmuebles, subdivisiones, parcelamientos, loteos, estados parcelarios. Por lo tanto dicha tarea no es patrimonio exclusivo de los agrimensores. Luego de idas y vueltas a través del dictado de una serie de resoluciones del Ministerio de Educación de la Nación, dicha autoridad aclaró el tema en un documento emitido recientemente; dando por tierra la pretensión de los agrimensores de ejercer el monopolio sobre estas actividades. La solución arribada desde el Ministerio resulta justa por cuanto los ingenieros civiles habilitados para tales tareas se encuentran más que calificados por su formación académica para desarrollar dicha labor. Queda claro entonces que es posible contratar los servicios de los ingenieros civiles no sólo para efectuar cualquier tipo de construcción, ya sea establecimientos industriales y/o comerciales, viviendas uni o multifamiliares y desarrollos urbanísticos, sino también puede encomendárseles la realización de trabajos independientes de la construcción como por ejemplo los estados parcelarios, o planos de mensuras que son imperativos a la hora de comprar, vender, donar inmuebles, iniciar sucesiones etc.

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