jueves, abril 25, 2024
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La Justicia no le debe temer al pueblo

El presidente de la Cámara de Diputados de la nación, Julián Domínguez, consideró hoy que “la justicia debe perder su temor frente al pueblo”, al referirse al pronunciamiento de la Jueza Federal con competencia Electoral, Dra María R. Servini de Cubría, que declara la inconstitucionalidad de cuatro artículos de la ley que reforma el Consejo de la Magistratura.
Palacio de Justicia“La Cámara de Diputados recibió y dio tratamiento a los planteos y propuestas formuladas por los Presidentes de las Cámaras de Casación y Cámaras Federales de todo el país, propuestas que fueron acogidas y motivaron que el proyecto de ley fuera devuelto, con importantes modificaciones, a la Cámara de Senadores para su aprobación definitiva” recordó Domínguez y destacó que “la Justicia Nacional fue oída previa a la sanción de la ley regulatoria del Consejo de la Magistratura y que no medió oposición expresa para que el pueblo argentino participe  mediante el voto en la elección de sus representantes para integrar un órgano que es esencialmente político”.
Asimismo, Domínguez indicó que “el Consejo de la Magistratura no conoce ni decide en causa judicial alguna, sino que elige ternas de candidatos a jueces y cuya propuesta la hace el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado para su nombramiento, que ejerce el poder disciplinario sobre los magistrados y administra o controla el presupuesto para el Poder Judicial de la Nación”.
El titular de la cámara baja nacional señaló que “debe ponerse de relieve que la Nación Argentina adopta la forma representativa, republicana y federal de gobierno, lo que comporta, esencialmente, que toda representación emana del pueblo, titular de la soberanía, y quien no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes. Estas disposiciones constitucionales se encuentran enforzadas por disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU, y por la Convención Americana de Derechos Humanos, que protegen la mayor participación popular en la elección de sus autoridades”.
“El artículo 114 de la Constitución .Nacional, que crea el Consejo de la Magistratura es claro al establecer que la representación de los abogados, jueces y académicos se hará en la forma y proporción que la ley instrumente. Y es precisamente esta ley de la Nación, emanada de los representantes de la voluntad popular (Poder Ejecutivo y Congreso de la Nación), el que -una sola persona- se ha sentido autorizada a descalificar, con endeble argumentación que se aparta ostensiblemente del marco constitucional analizado” manifestó Domínguez.
En este sentido advirtió que “es de esperar que la cabeza del Poder Judicial de la Nación, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, restablezca el fiel de la jurisdicción y la racionalidad exigible del discurso jurídico y de las prácticas jurisdiccionales, respetando la voluntad del pueblo de la Nación Argentina”.
 
 

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