La Dirección Municipal de Defensa Civil recuerda la vigencia de la Ordenanza registrada bajo el Nº 4452 dictada en el año 2006 y la ampliación del Artículo 130º de la Ordenanza 3975/01 sobre quema de hojas y ramas.![Quema hojas](https://www.cadenanueve.com/wp-content/uploads/2013/02/Quema-hojas.jpg)
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Artículo 1º: Amplíase el Artículo 130º de la Ordenanza 3975/01, el cual quedará redactado con el siguiente texto como inciso I. “Queda terminantemente prohibido la quema de hojas, ramas y/o cualquier otro elemento perecedero en cualquier punto de la Plata Urbana y Localidades del Partido de 9 de Julio”.
La tarea de los Bomberos de las últimas horas movilizó al organismo a recordar la prohibición ordenada por disposición legislativa.
La tarea de los Bomberos de las últimas horas movilizó al organismo a recordar la prohibición ordenada por disposición legislativa.