martes, abril 16, 2024
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Hacen cumplir la ley de perros peligrosos

El Juez de Faltas del Partido de Azul Dr. Guillermo Tolosa recuerda que se encuentra en plena vigencia la Ley 14107 que trata sobre “Requisitos que deben cumplir los propietarios de perros potencialmente peligrosos”. Se refiere a las siguientes razas: Akita Inu, American Staffordshire, Bullmastif, Tull Terrier, Doberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileño, Gran Perro Japonés, Mastin Napolitano, Pit Bull Terrier, Presa Canario, Rotweiler y Staffordshire Bull Terrier.

En varias oportunidades el Juzgado de Faltas ha impuesto severas multas a los propietarios, además en un caso y como medida accesoria el secuestro del animal hasta tanto se cumplan los requisitos exigidos por la Ley.
Este ordenamiento legal protege la integridad física de las personas y en su caso la de otras mascotas.
La ley define que  se consideran perros potencialmente  peligrosos a aquéllos incluidos dentro de una topología racial que por su naturaleza  agresiva, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o  lesiones graves a las personas y a otros animales.
En el Registro se consignan los datos personales del solicitante y  respecto del perro, los datos que permiten individualizarlo resultantes de la  identificación que prevé esta Ley, sus características y el lugar habitual de residencia. Además, se entrega  al solicitante un instructivo de crianza y prevención  en el cual se indican al menos las disposiciones establecidas en esta Ley para la tenencia  de perros potencialmente peligrosos, y las condiciones mínimas de adiestramiento y  sociabilidad que requieren los mismos.
A ello se suma que ” Cualquier incidente producido por un perro potencialmente peligroso a  lo largo de su vida, conocido por las autoridades administrativas o judiciales, se hace constar en su hoja registral, que se cierra con su muerte”.
Junto con la inscripción se le debe colocar un chip o tatuaje  y para la presencia y circulación en espacios públicos, utilizar correa o cadena de  menos de un metro de longitud, collar y bozal, adecuados para su raza.
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