El próximo jueves 9 de marzo, entre los temas a ser abordados por el Concejo Deliberante de Nueve de Julio está la presentación que realizara el Concejal Néstor Zabaleta de renuncia a su banca.
Este viernes 3 de marzo, ingresó en el Concejo Deliberante una nota del bloque Juntos-PRO, pidiendo al edil que ‘ratifique o ‘rectifique’ la expresión que renuncia porque ‘Hay una presión desde lo Político’, previo a ser aceptada la misma, para que aclara quien lo presiona toda vez que se vulneraria el principio de autonomía y resguardo del concejal en sus funciones.
Un planteo de incompatibilidad entre su rol de representante del pueblo del distrito de Nueve de Julio y su cargo de Gerente de la Cooperativa de Servicios de la localidad de Facundo Quiroga, fue el punto de debate desde antes de asumir.
Desde el Frente de Todos, el concejal y quien fuera secretario del Concejo Deliberante, abogado Juan Pablo Gagliano, explicó en una sesión, oportunamente que había incompatibilidad. Es decir, debía optar por ser Concejal o dejar el cargo de ser gerente de la cooperativa del pueblo que lo vio nacer.
También lo señalaron sus pares del cuerpo y asociados en el espacio político Juntos por el Cambio. El Pro entendió que hay incompatibilidad. Se hicieron consultas al Ministerio de Gobierno bonaerense y la Asesoría Legal envió una opinión expresando que se da el supuesto de incompatibilidad, era que el cuerpo es quien debe decidir.
Al respecto, es de recordar que la incompatibilidad significa que alguna tarea que desarrolla le impide ejercer el cargo, pero si renuncia a dicha tarea podría asumir como Concejal.
Algunas de las inhabilidades (Art. 6 Dto./Ley 6769/58) surgen cuando uno no reúna condiciones para ser elector, tener intereses en contratos en donde el municipio sea parte o ser garante o fiador de dichas personas, los inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos. Las incompatibilidades (Art. 7 a 9 Dto./Ley 6769/58) se derivan del ejercicio de otros cargos públicos como el de Gobernador, o Legislador provincial, etc.; o por ser empleado municipal. En todos los casos, se puede optar por dejar el cargo incompatible para asumir para el cargo de Concejal, y en el caso de los empleados municipales, pueden gozar de una reserva de su empleo por el tiempo que dure su mandato.
En este contexto, Néstor Zabaleta, pidió licencia en la Cooperativa quiroguense y siguió con el mandato del pueblo en las urnas.
En las últimas semanas, una solicitud de ayuda de una madre soltera de Facundo Quiroga, recibe un techo para su familia y cuando debió el trámite para tener luz, explicó públicamente que quien lo hacía era Néstor Zabaleta desde la Cooperativa, poniendo en duda esa licencia.
Una semana después se conoció su pedido de renuncia al cargo de Concejal, y brindo en una conferencia en el sede del comité radical distrital, los motivos. Tras señalar que no acepta la incompatibilidad, por entender que no la hay, reiteró que la voluntad popular en las urnas es la que debe ser atendida, lo que no ocurre.
Añadió que Hay una presión desde lo Económico y desde lo Político’.
Ahora, la expresión ‘presión’ es la que gana relevancia por las variadas interpretaciones a que da origen y sus pares de Juntos-PRO quieren saber quien lo condicionó. Si esa presión pueda ser judicializada, somo sinónimo de extorsión, y quien lo quienes lo hicieron dada la importancia de lo que significa ser Concejal, que no puede aceptar ser ‘presionado’ por nadie en sus decisiones, por deberse al pueblo con claridad y transparencia de sus actos; y ser así debe hacer la denuncia correspondiente.
Es de resaltar el origen de ser concejal y su rol.
Veamos el origen de este cargo tan importante y trascendente. Nace del art. 5º de la Constitución Nacional, al determinar que cada provincia deberá establecer para sí una Constitución bajo el sistema “representativo republicano”; y que esa Carta Magna, deberá garantizar su régimen municipal.
Esto permite deducir la importancia del rol de los municipios para el constituyente desde 1853 a la fecha, y por lo tanto la importancia que tiene el rol de los concejales para nuestra vida diaria en cada distrito bonaerense.
El régimen municipal garantiza de hecho, una importante descentralización del poder estatal, es uno de los más importantes núcleos de poder federal y a su vez, permite una mayor proximidad entre los ciudadanos a sus representantes, lo que facilita el control público sobre el manejo de los actos del Gobierno local.
Esto implica que cada concejal tiene un núcleo de poder al alcance de sus manos, que no permite presiones o molestias o ‘aprietes’ de ninguna naturaleza en el ejercicio de sus funciones; y de ser así señalarlas, hacerlas públicas en resguardo de su integridad e investidura y de corresponder judicializarlas.
Esto se debe porque el rol de un concejal, ese vecino que se ve a diario y es elegido por sus vecinos, es un habitante de la comuna como cualquier otro, que debe convivir no solo con aquellos a los que representa sino también y con los demás vecinos. Es decir, con cada uno de los habitantes.
El Decreto/Ley 6769/58 establece en su artículo 1º que los municipios estarán conformados por un “Departamento Deliberativo, desempeñado por ciudadanos con el título de Concejal” (el destacado me corresponde); y que estos, serán electos por voto directo de los habitantes de cada municipio y tendrán mandato por CUATRO (4) años, renovándose por mitades cada dos años.
Esto significa que, en ese rol, nadie puede molestarlo, y mucho menos ‘presionarlo’ por si, ni por su participación en un cuerpo colegiado en donde deberá discutir con otras personas para lograr consensos que permitan tomar decisiones en conjunto, por lo que es imposible separar la función del Concejal, con la del Concejo Deliberante que integra.
Y es en este contexto es donde ninguna ‘presión’ puede alcanzarle.
Y ahora, el bloque Juntos-Pro pide explicaciones.