La Justicia Federal declaró este martes la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno nacional había condicionado la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, y ordenó su cumplimiento inmediato.
La decisión fue tomada por el juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien hizo lugar al amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), un grupo de universidades y docentes, además de la causa acumulada iniciada por la Universidad de Buenos Aires (UBA).
En su resolución, el magistrado cuestionó específicamente el decreto 759/2025 y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar con el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario mediante el dictado de las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias.
Qué cuestionó la Justicia
El conflicto se originó luego de que el Congreso insistiera con la sanción de la ley tras el veto presidencial. Según el fallo, una vez que el Poder Legislativo rechazó el veto con las mayorías agravadas previstas por la Constitución, al Poder Ejecutivo le correspondía promulgar la norma sin introducir condicionamientos.
El decreto cuestionado había vinculado la aplicación de la ley con lo establecido en el artículo 5° de la Ley de Administración Financiera. Ese artículo establece que toda norma que disponga gastos debe contemplar expresamente su financiamiento y, de no hacerlo, su ejecución queda suspendida hasta que se incorporen las partidas correspondientes al Presupuesto nacional.
Para el juez Cormick, ese mecanismo terminó funcionando como un obstáculo para la aplicación de una ley aprobada por el Congreso. En la práctica, la sentencia deja sin efecto esa condición y ordena avanzar con la implementación de la norma.
El magistrado consideró que la actuación del Gobierno constituyó un “mecanismo extraconstitucional” de bloqueo y sostuvo que la propia Ley de Financiamiento Universitario contempla herramientas para que el Poder Ejecutivo pueda realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para su cumplimiento.
El impacto sobre las universidades
La Ley de Financiamiento Universitario establece, entre otros puntos, la recomposición del presupuesto destinado a las universidades en función de la inflación, la actualización de los salarios de docentes y trabajadores no docentes y la recomposición de las becas y del financiamiento destinado a la investigación.
En sus fundamentos, Cormick también recordó que ya existía una medida cautelar que había ordenado cumplir con los artículos vinculados a salarios y becas. Además, citó una estimación de la Oficina de Presupuesto del Congreso según la cual el costo de la ley durante 2025 representaba aproximadamente el 0,23% del Producto Bruto Interno.
La resolución se suma así a una serie de decisiones judiciales vinculadas al financiamiento de las universidades públicas.
Un conflicto que llegó a la Justicia
La norma había sido aprobada por el Congreso en agosto de 2025, pero posteriormente fue vetada en su totalidad por el presidente Javier Milei mediante el decreto 647/25.
Diputados y el Senado insistieron con la sanción de la ley con los dos tercios de los votos requeridos por el artículo 83 de la Constitución Nacional. Posteriormente, el Gobierno promulgó la norma de manera condicionada, situación que dio origen al conflicto judicial.
El mismo juzgado ya había intervenido anteriormente. En diciembre de 2025 había hecho lugar a una medida cautelar relacionada con el cumplimiento de la ley, decisión que luego fue confirmada por la Cámara en marzo. En junio, la Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario presentado por el Estado y ese expediente quedó en etapa de ejecución.
Ahora, con el nuevo fallo, la Justicia vuelve a ordenar al Poder Ejecutivo avanzar con la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y deja sin efecto el mecanismo utilizado para condicionar su ejecución a la disponibilidad de partidas presupuestarias.


